Diario del Derecho. Edición de 14/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/09/2023
 
 

TS

El Supremo ordena repetir el juicio a un guardia civil absuelto por un caso de malversación en la base de Getafe

21/09/2023
Compartir: 

El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado repetir el juicio a un comandante de la Guardia Civil que fue absuelto de un delito continuado contra el patrimonio en el ámbito militar en un caso de malversación que se investigó entre 2012 y 2014 en el Acuartelamiento Aéreo de Getafe.

MADRID, 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los magistrados han considerado que durante la investigación no se vulneraron sus derechos y han estimado los recursos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que se mostraron en contra de su absolución y la de otros dos coroneles de la Benemérita y pidieron anular la sentencia dictada por el Tribunal Militar Central.

Se trata de tres agentes del Instituto Armado que, según informó en 2015 'El País', fueron imputados por presuntos delitos de malversación de caudales públicos y fraude fiscal. De acuerdo con el mencionado diario, aunque los peritos no cuantificaron el importe total del presunto fraude, subrayaron que se había dejado de ingresar al Tesoro "unos 600.000 euros anuales, procedentes del pago de comidas o alojamientos, con los que se nutrió una ilegal caja b".

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, consta que la investigación empezó en 2012, cuando la juez del Juzgado Togado Militar Territorial Número 12 de Madrid recibió un expediente gubernativo contra el comandante --entonces capitán, jefe de la Sección de Inteligencia del Acuartelamiento Aéreo de Getafe-- que ahora deberá volver a ser juzgado.

En el marco de las pesquisas, la juez ordenó una pericial para investigar las liquidaciones de la base entre 2009 y 2012 y citó a declarar al capitán. Dos años después, cuando éste ascendió a comandante, envió el caso a los Juzgados Togados Militares Centrales al ser estos los competentes para investigar a alguien de ese rango.

DOS CORONELES ABSUELTOS

El juez togado militar central instructor que recibió el caso extendió la investigación a otros dos coroneles tras recibir informes periciales en los que se les señalaba como presuntos responsables. Los dos investigados solicitaron entonces la nulidad de las actuaciones al considerar que se les había causado indefensión y se les había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, incluido el derecho al juez predeterminado por la ley.

El instructor desestimó las peticiones y siguió adelante con la causa. En 2016 decretó el procesamiento del comandante como presunto autor de un delito contra la Hacienda en el ámbito militar. Fijó una fianza de 80.561 euros para él y de 30.000 y 15.000 para los coroneles.

Ante el recurso del comandante, el Tribunal Militar Central declaró la nulidad de las actuaciones y acordó absolver a los tres guardias civiles. Disconformes con la resolución, la Fiscalía y la Abogacía del Estado presentaron recursos ante el Supremo.

Según consta en la resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Clara Martínez de Careaga, ambas acusaciones consideraron que el tribunal había apreciado indebidamente que se había vulnerado el derecho de los guardias civiles y que debía habérseles condenado, no absuelto.

En 21 folios, el Supremo ha desestimado los argumentos relativos a los dos coroneles al considerar que sí se les vulneraron sus derechos durante la investigación y no se les permitió la debida defensa toda vez que se les imputó en el último momento y tuvieron que "enfrentarse al ingente volumen de actuaciones ya practicadas y a sus espaldas".

"Se les tuvo a ciegas sin motivo y debieron enfrentarse a una auténtica montaña de evidencias acumuladas en su forzada ausencia", apuntó el Tribunal Militar Central, por lo que ahora el Supremo ha confirmado sus absoluciones.

Respecto al capitán, sin embargo, el alto tribunal no ha apreciado indefensión alguna al ver que el juez que le correspondía sí le tomó declaración como imputado, por lo que ha acordado anular la sentencia en lo que se refiere a su absolución y ha ordenado que se celebre un nuevo juicio para él.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana