Diario del Derecho. Edición de 14/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 15/09/2023
 
 

Audiencia Provincial de Pontevedra

La Audiencia Provincial de Pontevedra condena a 12 años de cárcel a un hombre por violar a su pareja

15/09/2023
Compartir: 

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a doce años de cárcel un hombre por violar a su pareja, que en el momento de los hechos tenía 23 años. El acusado, natural de A Estrada, fue juzgado por estos hechos el pasado mes de julio.

PONTEVEDRA, 13 (EUROPA PRESS)

En la sentencia, con fecha del 11 de septiembre y de la que ha informado este miércoles el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el tribunal le impone, además de la pena de prisión, la inhabilitación para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad, por un tiempo superior en 5 años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en la sentencia.

El tribunal considera acreditado que el procesado "se enfureció" tras la negativa de la víctima a mantener relaciones sexuales, ante lo que reaccionó agrediéndola y violándola. Las lesiones que le causó requirieron para su curación de una primera asistencia sanitaria.

Los magistrados han aplicado la agravante de parentesco y la atenuante de alteración psíquica por consumo de droga y alcohol, pues indica que cuando sucedieron los hechos, en diciembre de 2021, habían consumido medio gramo de cocaína entre los dos y el acusado también había consumido alcohol.

La víctima falleció el 13 de junio de 2022 por causas ajenas a los hechos, pero su testimonio, incorporado a la causa, así como la restante prueba practicada, entre ella la declaración del encausado, las testificales de los agentes de la Guardia Civil y las periciales médicas y médico-forenses han llevado al tribunal a la convicción de que los hechos se desarrollaron según el relato de hechos probados de la sentencia. El fallo no es firme, pues contra él cabe recurso.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana