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TSJPV

El presidente del TSJPV dice que la Constitución de 1978 no prohíbe la regulación de una ley de amnistía

28/08/2023
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Iñaki Subijana, ha afirmado que la Constitución de 1978 no prohíbe la regulación de una ley de amnistía. No obstante, ha apuntado que esta no debe perseguir "el debilitamiento del Estado", sino que se debe convertir en "un instrumento de pacificación social y normalización".

BILBAO, 27 (EUROPA PRESS)

En una entrevista publicada en El Diario Vasco, Subijana se ha referido a las reclamaciones de los soberanistas catalanes de una amnistía para los dirigentes independentistas que fueron condenados por el 'procés' para apoyar la investidura del socialista Pedro Sánchez, para apuntar que una futura Ley de Amnistía es compatible con la Carta Magna.

"La Constitución de 1978 no lo prohíbe, no hace referencia ninguna a la amnistía. La única referencia que hace es al indulto y lo que prohíbe es un indulto general", ha asegurado.

El magistrado ha indicado que, "concebida la Constitución como un arco de proyectos políticos diferenciados, habilita a quien tiene capacidad normativa, que en definitiva es el Parlamento, a poder regular una Ley de Amnistía".

PACIFICACIÓN SOCIAL

Otra cosa es, según ha precisado, que el contenido de esa norma esté o no en el marco constitucional. En todo caso, ha considerado que esta no debe perseguir "el debilitamiento del Estado", sino que se tiene que convertir en "un instrumento de pacificación social y de normalización".

A su juicio, el legislativo tiene competencia para regular esta cuestión y "habrá que hilar fino para precisar que debiera cumplir esas dos finalidades".

El máximo representante del TSJPV ha manifestado que "el derecho al olvido jurídico no es compatible con la justicia y la memoria". "Por eso tiene mejor encaje para la Justicia victimal el indulto que la amnistía, En todo caso, este asunto debería ser objeto de una política de Estado", ha subrayado.

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