Diario del Derecho. Edición de 14/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 03/08/2023
 
 

Subvenciones del Programa InnvESS - Trabajo Protegido

03/08/2023
Compartir: 

Orden EMT/199/2023, de 27 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras que deberán regir la convocatoria de las subvenciones del Programa InnvESS - Trabajo Protegido (DOGC de 2 de agosto de 2023). Texto completo.

ORDEN EMT/199/2023, DE 27 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBERÁN REGIR LA CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES DEL PROGRAMA INNVESS - TRABAJO PROTEGIDO.

El 21 de junio de 2018 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden TSF/88/2018, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos singulares generadores de empleo sostenible para personas en situación o con riesgo de exclusión, o personas con discapacidad, en centros especiales de empleo o empresas de inserción, que fue modificada mediante la Orden TSF/203/2018, de 4 de diciembre, de modificación de la Orden TSF/88/2018, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos singulares generadores de empleo sostenible para personas en situación o con riesgo exclusión, o personas con discapacidad, en centros especiales de empleo o empresas de inserción.

La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible es una hoja de ruta de Naciones Unidas para disponer de un marco consensuado de actuación ante los retos globales de la humanidad. Esta hoja de ruta establece 17 objetivos de desarrollo sostenible (ODS) y 169 metas de tipo económico, social y ambiental. Para traducir los objetivos en acciones efectivas, Naciones Unidas alienta a desarrollar respuestas nacionales ambiciosas para aplicar esta agenda y a crear alianzas de colaboración entre actores para alcanzar los ODS. El Gobierno de la Generalitat adoptó el Acuerdo GOV/132/2019, de 25 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Plan nacional para la implementación de la Agenda 2030 en Cataluña.

Dicho Plan nacional, dentro del ODS 8, tiene previsto el siguiente logro: “Para 2030, conseguir el empleo pleno y productivo y garantizar un trabajo digno para todos los hombres y mujeres, incluidas la juventud y las personas con discapacidad, así como la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.” Este hito incorpora las actuaciones dirigidas a, por una parte, fomentar la inserción de las personas con discapacidad y/o enfermedad mental en la empresa ordinaria, apoyar la adaptación de su entorno laboral, así como hacer aflorar a estas personas como a demandantes de empleo y, por otra parte, poner en valor la formación y el trabajo como herramientas para la reinserción social.

Después de tres convocatorias de subvenciones a proyectos singulares generadores de empleo sostenible para personas en situación o con riesgo de exclusión, o personas con discapacidad, en centros especiales de empleo o empresas de inserción, en los años 2019, 2021 y 2022, se hace necesaria una revisión de estas subvenciones para adaptarlas al contexto económico actual y a las necesidades de las entidades que pueden ser beneficiarias.

Entre las funciones del Departamento de Empresa y Trabajo que promueve la Dirección General de Economía Social y Solidaria, el Tercer Sector y las Cooperativas, se incluye la de promover medidas para la integración laboral de personas en situación de exclusión social, o en grave riesgo de llegar a serlo, que tengan importantes dificultades para integrarse en el mercado de trabajo ordinario.

Vista la Decisión de la Comisión de 20 de diciembre Vínculo a legislación de 2011, relativa a la aplicación de las disposiciones del artículo 106.2 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas estatales en forma de compensación por el servicio público, concedidas a las empresas encargadas de la gestión de servicios de interés económico general (DOUE L 7, de 1.1.2012);

Vista la Ley 19/2014, de 29 de diciembre Vínculo a legislación, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Visto el Decreto 8/2021, de 9 de febrero Vínculo a legislación, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública;

Vista la Ley 17/2015, de 21 de julio Vínculo a legislación, de igualdad efectiva de mujeres y hombres;

Vista la Ley 19/2020, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, de igualdad de trato y no discriminación;

Vista la Ley 11/2014, de 10 de octubre Vínculo a legislación, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia;

Vista la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio Vínculo a legislación, sobre las formas de justificación de subvenciones;

Visto lo que prevén el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación ;

Visto el Decreto 184/2022, de 10 de octubre Vínculo a legislación, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya;

Visto el Decreto 35/2022, de 1 de marzo Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo;

A propuesta de la Dirección General de Economía Social y Solidaria, el Tercer Sector y las Cooperativas, previo informe del Área Jurídica de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo, y en uso de las facultades que me son atribuidas, de acuerdo con el artículo 12 Vínculo a legislación de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases generales y las específicas para cada línea que deberán regir la convocatoria de subvenciones del Programa InnvESS - Trabajo Protegido, que se indican a continuación:

Anexo 1. Bases generales aplicables a todas las líneas.

Anexo 2. Línea 1, InnvESS activación.

Anexo 3. Línea 2, InnvESS innovación.

Anexo 4. Línea 3, InnvESS transformación.

Anexo 5. Principios éticos y reglas de conducta a los que las personas beneficiarias de subvenciones o ayudas deben adecuar su actividad, y efectos de un eventual incumplimiento de estos principios.

Disposición adicional

Esta Orden se entiende automáticamente modificada por la normativa comunitaria, estatal o autonómica que pueda promulgarse después de su entrada en vigor.

Las referencias a la normativa concreta que se aplica se entenderán hechas por remisión a la normativa que pueda sustituirlas en el futuro.

Disposición transitoria

Las subvenciones otorgadas con arreglo a las disposiciones que deroga esta Orden se continuarán rigiendo por las bases reguladoras a cuyo amparo se otorgaron.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden TSF/88/2018, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos singulares generadores de empleo sostenible para personas en situación o con riesgo de exclusión, o personas con discapacidad, en centros especiales de empleo o empresas de inserción, así como la Orden TSF/203/2018, de 4 de diciembre, de modificación de la Orden TSF/88/2018, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos singulares generadores de empleo sostenible para personas en situación o con riesgo de exclusión, o personas con discapacidad, en centros especiales de empleo o empresas de inserción.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana