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Ayudas de Conservación de recursos genéticos agrícolas dirigidas a entidades de conservación

11/07/2023
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Orden ACC/177/2023, de 3 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de Conservación de recursos genéticos agrícolas dirigidas a entidades de conservación, en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (DOGC de 10 de julio de 2023). Texto completo.

ORDEN ACC/177/2023, DE 3 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE CONSERVACIÓN DE RECURSOS GENÉTICOS AGRÍCOLAS DIRIGIDAS A ENTIDADES DE CONSERVACIÓN, EN EL MARCO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA PAC 2023-2027.

De acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los estados miembros en el marco de la Política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013, el Plan estratégico de la Política agrícola común (en adelante PEPAC) para el período de programación 2023-2027, aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión C (2022) 6017 final, de 31 de agosto de 2022, y que incluye las ayudas cofinanciadas con el FEADER, prevé dentro de la intervención 6505.2 Conservación de recursos genéticos agrícolas, ayudas destinadas a la descripción y conservación de los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación de Cataluña dirigidas a entidades de conservación.

Mediante el Acuerdo GOV/109/2023, de 16 de mayo, se aprueba la participación financiera de la Generalidad de Cataluña a través de los presupuestos del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en las intervenciones del PEPAC en Cataluña.

Estas ayudas dan respuesta al objetivo específico 6 de contribuir a detener y revertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios ecosistémicos y conservar los hábitats y los paisajes establecidos en el Reglamento (UE) 2021/2115.

Estas ayudas están sometidas al régimen de transparencia y al sistema de control y sanciones establecido en el Reglamento (UE) 2021/2116, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 y el Reglamento de ejecución (UE) 2022/128, de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2116, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, liquidación de cuentas, controles, garantías y transparencia.

También están sometidas a la Ley 30/2022, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política agrícola común y otras materias conexas, y al Real decreto 1047/2022, de 27 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan estratégico y otras ayudas de la Política agrícola común.

Por consiguiente, valorada la conveniencia de apoyar a las entidades de conservación que llevan a cabo actuaciones de conservación y caracterización de recursos genéticos agrícolas mediante una ayuda económica, de acuerdo con el artículo 92 Vínculo a legislación del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y a propuesta de la Secretaría de Agenda Rural, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la conservación de recursos genéticos agrícolas dirigidas a entidades de conservación que se publican en el anexo 1.

Artículo 2

Aprobar el procedimiento de tramitación telemática de solicitudes que figura en el anexo 2.

Artículo 3

Aprobar los principios éticos y reglas de conducta a los que las personas beneficiarias de estas ayudas deben adecuar su actividad que se publican en el anexo 3.

Disposición adicional

Estas ayudas cofinanciadas con el FEADER se tramitan de acuerdo con las funciones de organismo pagador de acuerdo con el Plan estratégico de la Política agrícola común aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión C (2022) 6017 final, de 31 de agosto de 2022, y las establecidas en el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye y regula la organización y el funcionamiento del organismo pagador de las ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER (DOGC núm. 4743, de 19.10.2006).

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Anexos

Omitidos.

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