RESOLUCIÓN REU/2470/2023, DE 3 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA MOVILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTUDIANTES CON RECONOCIMIENTO ACADÉMICO Y A LA MOVILIDAD DE LOS ESTUDIANTES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE MEJORA E INNOVACIÓN EN LA FORMACIÓN DE MAESTROS DE LAS UNIVERSIDADES CATALANAS (MOBINT - MIF).
El plan estratégico de subvenciones del Departamento de Investigación y Universidades de la Generalitat de Catalunya para el periodo 2022-2025 tiene como uno de los objetivos departamentales reforzar y modernizar el sistema universitario catalán, garantizando una financiación sólida, la equidad en el acceso y la captación y retención de talento. Uno de los objetivos estratégicos es reforzar su eficacia y aumentar el sistema público catalán de becas al estudio universitario con el traspaso pendiente y el incremento de beneficiarios de ayudas.
En la misma línea de los párrafos anteriores y con la voluntad de reforzar y modernizar el sistema universitario catalán y centrar los esfuerzos en fomentar la movilidad internacional de los estudiantes universitarios se publican estas bases que regulan las ayudas a la movilidad internacional de los estudiantes con reconocimiento académico y a la movilidad de los estudiantes en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros de las universidades catalanas.
La Ley 7/2001, de 31 de mayo, (DOGC núm. 3407, de 12.6.2001), crea la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR, en catalán) como entidad de derecho público que ajusta su actuación al derecho privado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus funciones.
Corresponde a la AGAUR ejecutar programas de becas, de préstamos, de subvenciones y de otras actividades de fomento del estudio universitario, de la investigación científica y técnica y de la innovación tecnológica en Cataluña.
La AGAUR está adscrita al Departamento de Investigación y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 115/2022, de 14 de junio , de reestructuración del Departamento de Investigación y Universidades.
Es de aplicación lo dispuesto en el capítulo IX del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y las transferencias de la Generalitat de Catalunya; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Es aplicable la Orden REU/178/2022, de 19 de julio, por la que se aprueba la tramitación electrónica obligatoria de los procedimientos de ayudas y de subvenciones de concurrencia pública de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.
El artículo 11 de los Estatutos de la AGAUR, aprobados por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya mediante el Decreto 168/2002, de 11 de junio, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como resolverlas. Estas facultades se han delegado, en fecha de 28 de abril de 2022, en el presidente o la presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias (CEAU).
Por todo ello,
Resuelvo:
Artículo 1
Aprobar las bases reguladoras de las ayudas a la movilidad internacional de los estudiantes con reconocimiento académico y a la movilidad del estudiantado en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros de las universidades catalanas, de acuerdo con el anexo de esta resolución.
Disposición transitoria
Las subvenciones otorgadas mediante la Resolución REU/2304/2022, de 15 de julio, continuarán rigiéndose por las bases reguladoras al amparo de las cuales se otorgaron.
Disposición derogatoria
Queda derogada la Resolución REU/2113/2022, de 17 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la movilidad internacional de los estudiantes con reconocimiento académico y a la movilidad de los estudiantes en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros de las universidades catalanas (MOBINT - MIF) (DOGC núm. 8714, de 7.7.2022).
Disposición final
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se pueden interponer los recursos siguientes: un recurso potestativo de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAU en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con los artículos 8 , 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Anexos
Omitidos.