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La Audiencia Nacional obliga a Ericsson España a facilitar a los sindicatos los salarios de toda la plantilla

16/06/2023
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Ericsson tendrá que facilitar a los sindicatos el registro salarial de toda la plantilla de la compañía, tal como solicitaron la Confederación General del Trabajo (CGT) y el Sindicato de Trabajadores de Comunicaciones (STC) en una demanda presentada el pasado 21 de marzo, según figura en el fallo judicial al que ha tenido acceso Europa Press.

MADRID, 15 Jun. (EUROPA PRESS) -

La sentencia recoge la obligación de Ericsson de "proporcionar los datos retributivos en materia de transparencia retributiva de la totalidad de la plantilla, con independencia del número de trabajadores en cada puesto y/o grupo y con independencia del número de trabajadores por sexo".

El fallo también indica que la empresa debe proporcionar la media, mediana y la diferencia porcentual en cada puesto de igual valor, con independencia del número de empleados en cada puesto y grupo, así como del número de trabajadores por sexo.

Además, se insta a Ericsson a "cesar en la negativa de facilitar la totalidad de los datos retributivos" y a entregar a STC y CGT y a las demás representaciones sindicales de la empresa toda la información señalada.

ERICSSON RECURRIRÁ LA SENTENCIA

En una comunicación a sus empleados, a la que tuvo acceso Europa Press, Ericsson ha asegurado que recurrirá el fallo de la Audiencia Nacional ante el Tribunal Supremo y, en paralelo, analizará su impacto para, a su juicio, "proteger los derechos en materia de protección de datos, buscando el necesario equilibrio y proporcionalidad entre los datos personales a remitir y la finalidad de la ley".

La compañía ha defendido su política de igualdad retributiva entre hombres y mujeres y también que cumple con su obligación de disponer y compartir el registro retributivo en el que se incluyen datos agregados (medias y medianas) de todas las posiciones, siempre que en las mismas haya tres o más personas.

"En consecuencia, en aquellas posiciones en las que no hay suficientes personas para calcular la media ni la mediana (dos o menos) no se proporcionan datos", ha argumentado.

"¿Por qué? Porque a nuestro entender compartir ese dato individualizable no contribuye a detectar y, en su caso, corregir desigualdades retributivas y, por otro lado, supondría compartir el salario identificable de una persona (en lugar de datos agregados: medias o medianas). El objetivo prioritario del registro retributivo es poder analizar las diferencias de los promedios de los salarios entre hombres y mujeres para posiciones de igual valor, pero cuando solo hay una persona en una posición o cuando no hay personas del sexo contrario no hay posibilidad de comparativa alguna", ha añadido.

De este modo, la empresa ha señalado que con los datos del registro retributivo remitidos a los sindicatos con los datos a cierre de 2022 este colectivo representaba el 9,5% de la plantilla de Ericsson España.

"Dicho de otro modo, la representación sindical recibe información salarial anual y actualizada, con datos agregados, correspondiente a más del 90% de la plantilla", ha asegurado la empresa.

LOS SINDICATOS CELEBRAN EL FALLO

Por su parte, CGT ha celebrado el fallo de la Audiencia Nacional, que en su opinión demuestra que "si algo no se intenta no se conseguirá nunca".

"A pesar de las dudas expresadas por otras fuerzas sindicales, que aceptaron no obtener esta parte de la información (en referencia a la Federación de Industria de Comisiones Obreras (FI-CCOO)), la demanda ha salido adelante con el apoyo de STC y obliga a la empresa a entregarnos los registros retributivos a los cuales tenemos derecho por ley y que se negaban a darnos amparándose en la ley de protección de datos", ha añadido el sindicato.

En ese sentido, la organización ha indicado que con esta información que ahora deberá facilitar la compañía podrán realizar un "mejor seguimiento" del segundo 'Plan de Igualdad' de Ericsson España.

"Aprovechamos para recordar a toda la plantilla las movilizaciones acordadas y que comienzan, de momento, por cumplir este martes y jueves exclusivamente el horario de presencia obligatoria, apagando nuestro ordenador fuera de dicha jornada. Esperemos que este primer acto de protesta sirva para hacer ver a la dirección que no estamos dispuestos a consentir esta agresión a los trabajadores y trabajadoras de esta empresa y que si no se sientan a negociar continuaremos con las movilizaciones, aumentando la intensidad hasta que entren en razón", ha agregado la organización.

Por su parte, STC también ha celebrado el fallo judicial y ha señalado que esta información será clave para detectar "discriminaciones salariales en puestos de igual valor".

Además, ha recordado que la empresa se escudaba en un acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT para no proporcionar los datos y que, a juicio de STC, "extralimita" las atribuciones de estas organizaciones de trabajadores y "cercena" los derechos de los empleados.

"En concreto, la sentencia establece que: "La empresa, con CCOO y UGT (minoritarios) firman acuerdo extraestatutario que establece limitaciones al acceso, contrario al real decreto de información"", ha apuntado STC.

En esa línea, CCOO ha indicado que propuso como medida para evitar cualquier "vulneración de los datos personales y privados", que cuando haya puestos o grupos en los que haya un número reducido de personas y no se pueda dar el dato de media y mediana por privacidad, reflejar únicamente el dato de la diferencia porcentual, es decir un porcentaje que indique la existencia de una brecha salarial y evitar dar salarios individuales.

"Una vez más este acuerdo es boicoteado, porque hay dos sindicatos (en referencia a CGT y STC) que en marzo de 2023 presentan una demanda ya que quieren saber los salarios del 100% de la plantilla, pero existe un 9.5% dónde no se puede dar la media de los salarios, ya que se puede identificar el salario individual de las personas, ¿Y dónde pasa esto? Pues en su gran mayoría en salarios que corresponden a altos cargos. Supuestamente principal interés de la demanda", ha defendido CCOO.

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