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Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 21 de febrero de 2023

29/05/2023
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Sentencia de 21 de febrero de 2023, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso de casación número 4551/2021 contra la sentencia número 204/2021, de 22 de marzo, dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 107/2020 (BOE de 26 de mayo de 2023). Texto completo.

SENTENCIA DE 21 DE FEBRERO DE 2023, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, QUE DECLARA ESTIMAR EL RECURSO DE CASACIÓN NÚMERO 4551/2021 CONTRA LA SENTENCIA NÚMERO 204/2021, DE 22 DE MARZO, DICTADA POR LA SECCIÓN SEXTA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO 107/2020.

En el recurso contencioso-administrativo núm. 4551/2021 contra la sentencia número 204/2021, de 22 de marzo, dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 107/2020, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 21 de febrero de 2023 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución Vínculo a legislación, esta Sala ha decidido:

Primero.

Conforme a la jurisprudencia declarada en el Fundamento de Derecho Cuarto.4 de esta sentencia, se estima el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de don Carlos González García contra la sentencia n.º 204/2021, de 22 de marzo, dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso contencioso-administrativo n.º 107/2020, sentencia que se casa y anula.

Segundo.

Se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Carlos González García contra las resoluciones reseñadas en el Antecedente de Hecho Primero de esta sentencia, que se anulan, y todo con los efectos expuestos en el Fundamento de Derecho Quinto.3 y 4 de esta sentencia.

Tercero.

Al amparo del artículo 27.3 de la LJCA, se declara la nulidad del inciso final “En ningún caso se admitirán lentes fáquicas” del anexo I.J).9 incorporado a la Orden PCI 155/2019, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, nulidad que se declara con el alcance y efectos expuestos en esta sentencia y se ordena la publicación de este pronunciamiento en el “Boletín Oficial del Estado”.

Cuarto.

En cuanto a las costas, estese a lo declarado en el último Fundamento de Derecho.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

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