Diario del Derecho. Edición de 08/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 26/05/2023
 
 

TS

El Tribunal Supremo no admite el recurso de la Junta de Extremadura para impedir la demolición de Valdecañas

26/05/2023
Compartir: 

El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso planteado por la Junta de Extremadura para impedir la demolición del Complejo Isla de Valdecañas, en la provincia de Cáceres, ni tampoco el recurso de las dos promotoras, Marina Isla Valdecañas, S.A. y Golf Valdecañas, S.L..

MÉRIDA, 25 (EUROPA PRESS)

La providencia del Tribunal Supremo, contra la que no se puede recurrir, señala que "las alegaciones de los recurrentes insisten en defender la imposibilidad material de ejecución de las sentencias", es decir, de demoler el complejo, cuando la sentencia de este mismo órgano de 9 de febrero de 2022 "expresamente declara que 'no cabe apreciar imposibilidad material de ejecución de las correspondientes sentencias, respecto de todo lo que ya ha sido construido, por la afectación de intereses de carácter socioeconómico o de otra índole'".

Así lo comunica Ecologistas en Acción en una nota de prensa, en la que ha mostrado su "satisfacción por este nuevo varapalo judicial" a la Junta de Extremadura y a las empresas promotoras de la "urbanización ilegal" Marina Isla de Valdecañas.

En ese sentido, la organización ecologista considera que la consecuencia de la inadmisión de los recursos de casación de la Junta de Extremadura y las promotoras "debería ser el inicio de los trabajos de demolición".

Por tanto, Ecologistas en Acción señala que ahora "paso lógico" sería que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) instara a la "demolición inmediata de la urbanización ilegal", y así lo va a reclamar la organización ecologista.

Añade que los trabajos en la parte no concluida de la urbanización "deberían empezar de forma inmediata", mientras que en la parte ya completamente urbanizada el Tribunal Supremo dictaminó también su demolición, aunque el Constitucional admitió a trámite un recurso que aún está pendiente de resolver, explica.

Finalmente, la organización ecologista reclama a la Junta de Extremadura que pida disculpas por "su nefasta y cuasiprevaricadora gestión de este asunto, que recientemente ha llegado a promover una ley para sortear el cumplimiento de estas sentencias".

También reclama que se atienda de forma especial a los habitantes de los municipios afectados por esta urbanización, con las medidas de compensación que se consideren adecuadas.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Tribunal Supremo archiva de forma definitiva la querella por genocidio contra varios dirigentes del Frente Polisario
  2. Estudios y Comentarios: Apagón, pero sin que el Estado asuma la factura, salvo sorpresa; por Luis Miguez Macho, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela
  3. Actualidad: La AN condena a los líderes de Gürtel y al exalcalde de Arganda por las adjudicaciones irregulares en la localidad
  4. Actualidad: El Supremo se opone a dar un segundo indulto a Junqueras para perdonar la pena de inhabilitación del 'procés'
  5. Tribunal Supremo: La movilidad geográfica decidida por la empresa no es una de las causas de extinción del contrato de trabajo contenidas en el art. 207.1 d) de la LGSS, en la redacción anterior a la Ley 21/2021, para poder acceder a la jubilación anticipada
  6. Tribunal Supremo: Están sujetas al IVA las obras de construcción de infraestructuras hidráulicas, ejecutadas por una comunidad de regantes y destinadas a la distribución de aguas para riego
  7. Actualidad: El TS inadmite el recurso de Audenasa contra la sentencia del TSJN que desestimó la demanda de compensación de 53 millones
  8. Estudios y Comentarios: Una política eléctrica condicionada por objetivos no energéticos; por José Carlos Laguna de Paz, Catedrático de Derecho Administrativo
  9. Legislación: Estructura orgánica básica de la Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias
  10. Tribunal Supremo: El trabajador indefinido no fijo al que se le extingue el contrato por cobertura reglamentaria de la plaza que venía ocupando y es nuevamente contratado, tiene acción para reclamar y derecho a percibir la indemnización propia del despido objetivo

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana