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Taller de evaluación de políticas públicas

25/05/2023
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La Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) convoca el Taller de evaluación de políticas públicas. Se celebrará los días 29, 30 y 31 de mayo; 1 y 2 de junio en modalidad telepresencia.

BASES

Primera. Objetivos y contenidos

Este taller tiene como objetivo principal abordar la evaluación de las políticas públicas, tanto desde un punto de vista teórico cómo práctico.

Se abordarán, entre otros, los siguientes contenidos:

• Fundamentos de la evaluación (tipologías de evaluación, criterios, matriz, fuentes de información, buenas prácticas, importancia de los datos en la construcción de indicadores).

• Evaluación de impacto (principio de causalidad y revolución experimental, sesgo de selección y técnicas observacionales).

• Evaluación económica.

La presente actividad se impartirá en cinco sesiones que se desarrollarán en la modalidad de telepresencia, a través del aula virtual de la EGAP (https://egap.xunta.gal/aulavirtual/).

Segunda. Personas destinatarias

Esta actividad está dirigida al personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional.

Tercera. Desarrollo

Fechas: 29, 30 y 31 de mayo; 1 y 2 de junio.

Modalidad: telepresencia.

Horario: de 9.30 a 11.30 horas.

Horas lectivas: 10.

El funcionamiento básico de la plataforma de telepresencia requiere que cada alumno/a disponga de los siguientes componentes:

1. Ordenador de sobremesa, portátil o smartphone.

2. Conexión estable a internet.

3. Navegador web Google Chrome o Mozilla Firefox en las últimas versiones.

4. Altavoces (si el monitor o equipo no dispone de ellos).

En la web de la EGAP está disponible un manual de ayuda con toda la información para conectarse y utilizar la plataforma de telepresencia de la EGAP. El enlace al manual de telepresencia es el siguiente:

https://egap.xunta.gal/ecloud/index.php/s/ZKijmeiZ5ypS3jd

Cuarta. Número de plazas

Veinticinco (25).

Quinta. Inscripción.

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección “https://egap.xunta.gal/matricula” Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con lo requerido y establecido en la base segunda de esta convocatoria respecto de las personas destinatarias.

3. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar en el nombre del curso: Taller de evaluación de políticas públicas.

4. Aquellas personas solicitantes que no pertenezcan a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y a sus entidades públicas instrumentales deberán adjuntar a la dirección electrónica “[email protected]” la documentación acreditativa del grupo o subgrupo profesional al que pertenecen. La no presentación de esta documentación en el plazo de matrícula establecido en esta convocatoria supondrá la exclusión de la persona solicitante.

5. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

6. La presentación de la solicitud para participar comportará el consentimiento de la persona interesada para la grabación de las sesiones de telepresencia.

6. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 9.00 horas del primer día hábil siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.59 horas del día 24 de mayo de 2023.

Podrá obtenerse cualquier otra información a través del correo electrónico [email protected] o, en horario de 9.00 a 14.00 horas, en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.

Sexta. Protección de datos personales y comprobación de datos

1. Los datos personales proporcionados por las personas interesadas para la gestión de las solicitudes de participación en la acción formativa convocada a través de esta resolución, así como aquellos otros que se recojan o elaboren con motivo del desarrollo de esta, serán tratados por la EGAP en su condición de responsable del tratamiento, con la finalidad de llevar a cabo la selección del alumnado, la impartición de la formación y la gestión general de esta.

La legitimación para el tratamiento de los datos es el cumplimiento de una misión realizada en interés público conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1.e) del Reglamento general de protección de datos (RGPD), en base a lo dispuesto en la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, y fundamentada en un interés público esencial (artículo 9.2.g) del RGPD). Los datos identificativos de las personas seleccionadas para participar en la acción formativa mencionada anteriormente serán publicados conforme a lo detallado en la base octava de esta resolución. Asimismo, los datos de los alumnos y alumnas relativos a su participación en esta acción formativa podrán ser comunicados a los órganos de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia cuando sea estrictamente necesario para el ejercicio de sus competencias.

Las sesiones de las actividades impartidas en la modalidad de telepresencia serán grabadas con la finalidad de ofrecer al alumnado la posibilidad de su visionado posterior como material de estudio, así como para la resolución de posibles reclamaciones. En todo caso, el alumnado, si lo estima oportuno, podrá desactivar su cámara y/o micrófono y participar a través del chat de acuerdo con las indicaciones de la persona docente. Dichas grabaciones se conservarán a disposición del alumnado y profesorado durante el tiempo que dure la acción formativa o, en su caso, hasta que finalice la evaluación del alumnado. La retransmisión de las sesiones formativas, y la grabación de éstas, podrá ser accesible únicamente al profesorado y alumnado al que van dirigidas y al personal de la EGAP autorizado.

Se prohíbe expresamente la descarga, la difusión, la distribución o la divulgación de las grabaciones, y particularmente su compartición en redes sociales ya que estos usos pueden conculcar el derecho a la protección de datos, el derecho a la propia imagen y los derechos de propiedad intelectual, y podrían generar responsabilidad disciplinaria, administrativa o civil. Las grabaciones no podrán ser usadas para otros fines fuera del ámbito docente.

Las personas interesadas podrán solicitar ante la persona responsable del tratamiento el acceso, rectificación, limitación y supresión de sus datos, así como oponerse a su tratamiento por motivos relacionados con su situación particular, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común según se recoge en https://www.xunta.gal/exercicio-de-dereitos?langId=es_ES. Contacto delegado/a de protección de datos e información adicional en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos?langId=es_ES

2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de la acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiese a ello.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica “[email protected]

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

5. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Séptima. Criterios de selección

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas.

Octava. Publicación de los listados de personas seleccionadas, en reserva y excluidas

La EGAP publicará en la dirección web https://egap.xunta.gal los listados de las personas seleccionadas, en reserva, en caso de que el número de solicitudes recibidas fuera superior al número de plazas, y, en su caso, las personas excluidas en esta actividad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Novena. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y seguimiento de la actividad

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP a la mayor brevedad y, en todo caso y como máximo, el día 26 de mayo de 2023, hasta las 12.00 horas. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para esto se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico [email protected]

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

- Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

- Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

- Por razones de conciliación familiar.

- Por otras causas justificadas documentalmente.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Es obligatoria la asistencia a las sesiones de telepresencia de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia:

c.1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, estas faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado en la actividad formativa.

c.2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Décima. Certificado oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula), a aquellas personas inscritas que participasen asiduamente y siempre que su asistencia fuese igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, las fechas y el modo de seguimiento de esta actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Decimoprimera. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, en cuyo caso se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará, en la acción derivada de esta convocatoria, la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

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