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Convocatoria Premios IEA 2023

23/05/2023
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El Instituto de Estudios del Autogobierno quiere distinguir la mejor tesis doctoral (no publicada), el mejor artículo publicado en una revista científica y el mejor libro publicado relacionado con la distribución territorial del poder. Los trabajos deben proceder de las disciplinas siguientes: la ciencia política, la sociología, el derecho, la economía y la filosofía política.

La dotación de los Premios será de 16.500,00 euros. Esta dotación corre a cargo de la partida presupuestaria PR0135 D/483000100/1140/0000 del presupuesto vigente, está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, y, de acuerdo con las tres categorías de los Premios, se distribuirá de la siguiente forma:

a) Libro publicado: 8.000 euros.

b) Artículo publicado en una revista académica: 3.500 euros.

c) Tesis doctoral no publicada: 5.000 euros.

Además de la recompensa económica, las personas autoras de las obras premiadas recibirán un galardón que consistirá en un diploma que se les entregará en un acto público de concesión de los Premios.

Las personas físicas que soliciten participar podrán ser de cualquier nacionalidad y tendrán que ser las autoras de las obras que se presenten a los Premios. Además, tendrán que cumplir los requisitos establecidos en las bases que regulan estos Premios.

Se podrán presentar como máximo 50 coautores para cada obra por la que se solicite el premio.

Las personas solicitantes deben presentar por medios electrónicos, a través de la página web de Trámites gencat, en la dirección https://web.gencat.cat/es/tramits/22029, la documentación requerida que disponen las bases 6 y 7 del anexo de la orden mediante la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de los Premios.

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGC.

Dado que el 2023 es un año impar y se convocan las tres categorías de los Premios, se designarán dos jurados: un jurado para evaluar las solicitudes de la categoría de artículo, y otro para evaluar las solicitudes de las categorías de libro y de tesis doctoral.

La composición del jurado que debe evaluar las solicitudes de la categoría Artículo y la composición del jurado que debe evaluar las solicitudes de las categorías Libro y Tesis doctoral las regula la base 9.1 de la Orden PRE/95/2021, de 5 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Instituto de Estudios del Autogobierno.

Las actuaciones de los miembros del jurado se dividirán en dos fases, y consistirán, por un lado, en el análisis y la valoración de los trabajos presentados y la elaboración de la propuesta de resolución de concesión del premio, y, por otro lado, en la participación en la reunión para discutir y elaborar la propuesta final de resolución de concesión.

Los criterios de valoración para la categoría Libro se recogen en la base 9.2 de la orden de bases.

Los criterios de valoración para la categoría Artículo se recogen en la base 9.3 de la orden de bases.

Los criterios de valoración para la categoría Tesis doctoral están recogidos en la base 9.4 de la orden de bases.

La orden de bases establece que la puntuación mínima para la concesión del premio de cada categoría es de 21 puntos.

Una vez examinados los trabajos presentados, cada jurado elaborará la propuesta de resolución del premio, que será motivada. Cada uno de los jurados podrá determinar, si lo cree oportuno, que el premio de la categoría o categorías que evalúa pueda declararse desierto motivadamente en caso de que ninguno de los trabajos presentados consiga la puntuación mínima.

Corresponde a la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia la convocatoria de los Premios, el nombramiento y la designación de los miembros del jurado y la resolución final de los procedimientos de concesión, incluido declararlos desiertos, de acuerdo con el punto 1.6 de la Resolución PRE/3588/2022, de 7 de noviembre, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de la Presidencia en diferentes órganos del Departamento.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento de otorgamiento de estos Premios es el director del Instituto de Estudios del Autogobierno.

La resolución de concesión se notificará mediante el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (e-Tauler), en la dirección tauler.gencat.cat. La resolución también se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión de los Premios Instituto de Estudios del Autogobierno 2023 es de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria, de acuerdo con la regla tercera del artículo 94.1 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

De acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos, los datos personales incluidos en las candidaturas presentadas en los Premios Instituto de Estudios del Autogobierno correspondientes al año 2023 se incorporarán al tratamiento “Becas y premios del Instituto de Estudios del Autogobierno”, del que es responsable el Instituto de Estudios del Autogobierno del Departamento de la Presidencia y que tiene la finalidad de “tramitar las solicitudes presentadas por las personas aspirantes a las becas y candidaturas a los premios que convoca el Instituto de Estudios del Autogobierno”. La información detallada del tratamiento, incluyendo las vías de ejercicio de los derechos de las personas interesadas, se encuentra disponible en la dirección https://presidencia.gencat.cat/es/tractament-beques-i-premis-iea.

Contra la Resolución de otorgamiento de los Premios Instituto de Estudios del Autogobierno, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el e-Tauler, en la dirección tauler.gencat.cat, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con los artículos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Contra esta Resolución de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el DOGC, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su fecha de publicación en el DOGC, de conformidad con los artículos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

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