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Época de Peligro Alto del Plan INFOCA

17/05/2023
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Orden de 12 de mayo de 2023, por la que se modifica transitoriamente la Época de Peligro Alto del Plan INFOCA (BOJA de 16 de mayo de 2023). Texto completo.

ORDEN DE 12 DE MAYO DE 2023, POR LA QUE SE MODIFICA TRANSITORIAMENTE LA ÉPOCA DE PELIGRO ALTO DEL PLAN INFOCA.

Mediante Orden de 11 de abril de 2023, la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, visto que las condiciones meteorológicas reinantes no mejoraban, sino al contrario, prorrogó los efectos de la Orden de 31 de marzo de 2023 de esta Consejería, que suspendía temporalmente los efectos de las autorizaciones y notificaciones de quema adoptadas o comunicadas y limitaba determinados usos del fuego.

Esta prórroga en principio se fijó en dos semanas más, y ante la gravedad de la situación se procedió a la suspensión temporal de los efectos y del plazo de presentación de las solicitudes de autorización y comunicaciones, así como del empleo del fuego en los terrenos forestales y en las zonas de influencia forestal de todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Y además de forma temporal se adelantaba el inicio de la Época de Peligro Medio de incendios forestales, contemplada en el apartado 2.4 del Plan INFOCA, a las 00:00 horas del día 15 de abril de 2023.

La primavera seca y las altas temperaturas no están dando tregua, y por ello desde el Centro Operativo Regional de la Consejería competente en materia de lucha contra incendios se ha propuesto excepcionalmente ampliar de nuevo, en este caso la fecha de inicio de la Época de Peligro Alto de incendios forestales, para que comience a las 00:00 horas del día 16 de mayo del 2023. Oído el Comité Asesor Regional, reunido el día 12 de mayo de 2023, se confirma la idoneidad de dicha propuesta.

De conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio Vínculo a legislación, sobre reestructuración de Consejerías, corresponde a la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía relativas a la lucha contra las emergencias ambientales causadas por los incendios forestales.

En ese mismo sentido, el artículo 3 Vínculo a legislación del Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, dispone que corresponde a la Consejería competente en materia de protección civil y emergencias el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de incendios forestales.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, a propuesta de la Secretaria General de Interior, y en su calidad de Directora Operativa del Plan INFOCA, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 371/2010, de 14 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía, y en ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 48, apartados 6 y 7, de la Ley de Montes,

ACUERDO

Primero. Modificación transitoria de la Época de Peligro Alto del Plan INFOCA.

Se adelanta la Época de Peligro Alto de incendios forestales a las 00:00 horas del día 16 de mayo de 2023.

Segundo. Publicación.

La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 48.7 de la Ley de Montes. Asimismo, se notificará de forma inmediata a las autoridades locales y se informará al conjunto de la población afectada de la adopción de estas medidas, a través de los medios que garanticen su máxima difusión.

Tercero. Efectos.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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