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IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026

24/04/2023
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Acuerdo de 18 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026 (BOE de 21 de abril de 2023). Texto completo.

ACUERDO DE 18 DE ABRIL DE 2023, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA FORMULACIÓN DEL IV PLAN INTEGRAL PARA EL FOMENTO DE LA ARTESANÍA EN ANDALUCÍA 2023-2026.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía en su artículo 58 establece como competencia exclusiva el fomento, regulación y desarrollo de las empresas de artesanía como parte de los objetivos de la actividad económica de nuestra Comunidad Autónoma. Asimismo, el artículo 163 determina que se atenderá a la modernización, innovación y desarrollo de todos los sectores económicos, a fin de propiciar un tejido productivo de calidad, y en particular, de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de los andaluces y andaluzas.

En atención a estos principios estatutarios, la Ley 15/2005, de 22 de diciembre Vínculo a legislación, de Artesanía de Andalucía, determina un nuevo marco de actuación para las políticas públicas destinadas a la artesanía en nuestra comunidad autónoma, cuyo fin último es una regulación de la actividad artesana que potencie las condiciones de desempeño de los diferentes oficios artesanales, mediante la vertebración del sector y la modernización de las empresas artesanas de acuerdo a las actuales tendencias de la economía global, con arreglo a un enfoque adecuado de sus objetivos de comercialización.

El artículo 21 Vínculo a legislación de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, establece que la Consejería competente en materia de artesanía elaborará un Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía, siendo éste el instrumento de la Administración de la Junta de Andalucía para coordinar las políticas y medidas recogidas en esta ley, así como para promover su permanente desarrollo y difusión, la mejora de la comercialización de los productos artesanos y el apoyo en materia formativa, consolidando el modelo de gobernanza de carácter transversal participativo e intersectorial impulsado en la Comunidad Autónoma mediante los tres anteriores Planes Integrales para el Fomento de la Artesanía en Andalucía.

Finalizada la vigencia del III Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2019-2022, aprobado por Decreto 64/2019, de 27 de diciembre, el Gobierno Andaluz, consciente de la importancia de la artesanía hecha en Andalucía, tiene como objetivo la aprobación de un nuevo Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en el periodo 2023-2026.

El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio Vínculo a legislación, sobre reestructuración de Consejerías, atribuye las competencias en materia de artesanía de la Administración de la Junta de Andalucía a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, siendo responsable del desarrollo de las actuaciones fijadas en la Ley 15/2005, de 22 de diciembre Vínculo a legislación, que incluye la elaboración de un Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía dirigido a promover su permanente desarrollo y difusión, la mejora de la comercialización de los productos artesanos y el apoyo en materia formativa de los oficios artesanos.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de abril de 2023, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Formulación del IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026.

Se aprueba la formulación del IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026, que será elaborado por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, a través de la Dirección General de Comercio.

La estructura, elaboración y aprobación se realizará conforme a las previsiones establecidas en el presente acuerdo y el artículo 21 Vínculo a legislación de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía.

Segundo. Finalidad.

El IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026 tiene como finalidad promover su permanente desarrollo y difusión, la mejora de la comercialización de los productos artesanos y el apoyo en materia formativa de los oficios artesanos.

El Plan se conformará a partir de los siguientes objetivos estratégicos:

1. La formación del sector artesanal respondiendo a las necesidades y potencialidades detectadas, priorizando en aspectos relacionados con la trasferencia de los oficios entre generaciones, garantizando la continuidad y asegurando la protección de la artesanía andaluza, al mismo tiempo que facilite herramientas que redunden en la innovación social y el emprendimiento.

2. La digitalización como estrategia de continuidad y renovación en el ámbito de la artesanía, a través de prácticas innovadoras que garanticen su necesaria transformación para adaptarse a los retos actuales del sector.

3. La visibilidad a través de la promoción y consolidación de la artesanía en todos los ámbitos y sectores, garantizando, acentuando y resaltando su presencia en los distintos escenarios socioeconómicos que favorezcan su distinción, desarrollo y proyección.

Tercero. Contenido.

Los elementos centrales del Plan son los siguientes:

a) El análisis y diagnóstico de la evolución de la artesanía en Andalucía.

b) El objetivo finalista y los objetivos intermedios a lograr durante su vigencia.

c) Las estrategias y los programas de acción para dar cumplimiento a los objetivos.

d) El programa financiero del Plan.

e) Los mecanismos de evaluación y seguimiento del Plan, así como los indicadores de su ejecución, indicadores de género y las medidas para realizar, en su caso, las adaptaciones procedentes.

Cuarto. Procedimiento.

1. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo a través de la Dirección General de Comercio, elaborará un documento base del IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026. Para ello contará con la participación de los agentes económicos y sociales del sector artesanal de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Concluida la redacción del documento base, la Dirección General de Comercio elaborará una propuesta inicial del Plan, para cuyas líneas básicas será previamente oída la Comisión de Artesanía de Andalucía.

3. La propuesta del Plan será sometida a información pública por un periodo no inferior a veinte días, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y se recabarán los informes preceptivos exigidos por la normativa general de aplicación.

4. Cumplimentados los anteriores trámites la Dirección General de Comercio, trasladará la propuesta final del Plan, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, a la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, a fin de que lo eleve al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva mediante Decreto.

Quinto. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Sexto. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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