Diario del Derecho. Edición de 12/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 31/03/2023
 
 

TS

El TS confirma la condena a un militar que dirigía una empresa donde se halló material de guerra e información reservada

31/03/2023
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 1 año y 7 meses de prisión impuesta a un brigada del Ejército de Tierra especialista en desactivación de explosivos (TEDAX) que dirigía una empresa --administrada por su mujer-- que se dedicaba a impartir cursos sobre este tipo de municiones y en la que se incautó "material de guerra" y archivos digitales con la clasificación de "equivalente a reservado" o "reservado".

MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

Los magistrados han confirmado la condena por un delito consumado de revelación de secretos e informaciones relativas a la seguridad y defensa nacionales, según consta en la sentencia de la Sala de lo Militar a la que ha tenido acceso Europa Press.

Los hechos se remontan a 2016, cuando la empresa propiedad de la mujer del entonces brigada (hoy subteniente) solicitó a la Subdelegación del Gobierno en Valladolid que le concediera la "condición de consumidor habitual de explosivo civil para la investigación y desarrollo de nuevas tecnologías relacionadas con la eliminación, neutralización y desactivación de explosivos, así como tareas de formación e instrucción".

En la documentación adjunta a dicha solicitud figuraba el brigada del Ejército de Tierra como "director general" y "responsable" de todas las actividades para las que se pedía autorización. A raíz de dicha petición, la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil efectuó una inspección a las instalaciones de la empresa y detectó "material de guerra".

Los responsables de la empresa aportaron certificados expedidos por el brigada y un sargento de la Benemérita en los que se aseguraba que se trataba de "material inerte" que podía ser utilizado como material de formación y adiestramiento, así como de exposición al público al no contener materias explosivas peligrosas.

LA EMPRESA DABA CURSOS SOBRE EXPLOSIVOS

La Intervención señaló que entre la documentación disponible de la empresa figuraba un programa formativo en el que constaban como materias a impartir explosivos caseros, explosivos civiles o explosivos militares. Así las cosas, subrayó que no se prevé en el marco legal español la prestación de este tipo de servicios en el ámbito de la seguridad privada y recalcó que la formación que impartía la empresa "podría ser constitutiva de un delito de violación de secretos".

Tras la inspección, la Guardia Civil solicitó al Juzgado de Instrucción Número 3 de Valladolid que ordenara la entrada y registro en las dependencias de la empresa. En dicha actuación se incautó un disco duro externo con información de clasificación "equivalente a reservado" o "reservado".

Según consta en la investigación, la empresa vinculada al brigada "impartió cursos de formación de desactivación de explosivos a personal de la Armada y la Fuerza Aérea de Chile, siendo así que el Ministerio de Defensa no participó ni colaboró en ninguna de estas actividades".

El Tribunal Militar Territorial Cuarto coincidió con la Intervención y condenó al hombre a 1 año y 7 meses de prisión por un delito consumado de revelación de secretos e informaciones relativas a la seguridad y defensa nacionales. Esta pena llevó consigo la accesoria de suspensión militar de empleo e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

EL TRIBUNAL NO VE VULNERACIÓN DE DERECHOS

Disconforme con la resolución, el brigada llevó el caso ante el Supremo al considerar que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia y su derecho a la tutela judicial efectiva.

En 23 folios, la Sala de lo Militar ha desestimado su recurso de casación: "En el caso que nos ocupa la queja carece de todo rigor, pues no estamos ante una situación de vacío probatorio lesivo del derecho esencial de que se trata".

En la resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Clara Martínez de Careaga, el Supremo ha ratificado la sentencia de instancia y ha confirmado que existe "prueba de cargo directa bastante, válidamente obtenida, regularmente practicada y razonablemente valorada para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: ¿Justicia ‘versus’ política?; por José Manuel Bandrés, presidente de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo
  2. Estudios y Comentarios: 75 años después: ¿defensa común?, ¿ejército europeo?; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Actualidad: La AN absuelve a una etarra de un atentado en Irún porque fue "sometida a tratos inhumanos" por la Policía
  4. Tribunal Supremo: El Supremo unifica la jurisprudencia relativa a la comprobación administrativa de valor de bienes a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
  5. Actualidad: El TC fallará esta semana el recurso de Magdalena Álvarez contra las sospechas de negligencia en el accidente de Spanair
  6. Estudios y Comentarios: León XIV: el Papa de la unidad; por Rafael Domingo Oslé, catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Navarra
  7. Tribunal Supremo: La colocación de un cartel en el edificio de una Comunidad de Propietarios y divulgación de mensajes en redes sociales, informando de la situación de morosidad de la sociedad arrendataria de un local no vulnera su derecho al honor
  8. Legislación: Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica
  9. Actualidad: La Audiencia de Palencia confirma dos años de prisión a un cazador por disparar a una osa en una cacería de jabalí
  10. Legislación: Subvenciones destinadas a infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana