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  • EDICIÓN DE 29/03/2023
 
 

Elementos materiales a utilizar en las elecciones

29/03/2023
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Orden 63/2023, de 20 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica el anexo del Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha (DOCM de 28 de marzo de 2023). Texto completo.

ORDEN 63/2023, DE 20 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DEL DECRETO 23/2019, DE 2 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULAN LOS ELEMENTOS MATERIALES A UTILIZAR EN LAS ELECCIONES A CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Una vez aprobados por Acuerdo 8/2019, de 23 de enero, de la Junta Electoral Central, los modelos de actas a que se refiere el artículo 19.1.g) Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de abril de 2019, se aprobó el Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.

La aprobación de la Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio Vínculo a legislación, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, conlleva un cambio en el procedimiento para el ejercicio del derecho a voto por los españoles que viven en el extranjero, debiendo adaptar los modelos aprobados a la nueva regulación.

Por otro lado, y de acuerdo con las políticas de igualdad promovidas por la Administración Regional, se considera necesario utilizar un lenguaje inclusivo en los modelos recogidos en el anexo del citado Decreto.

La Disposición final primera del Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha, faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de procesos electorales para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo o aplicación de este decreto, así como para modificar el contenido del anexo, previo informe, cuando el mismo resulte preceptivo, de la Junta Electoral Central.

En su virtud, una vez adoptado Acuerdo de 16 de febrero de 2023 por la Junta Electoral Central y a propuesta del Viceconsejero de Administración Local y Coordinación Administrativa, el titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ejercicio de las facultades conferidas en el Decreto 80/2019, de 16 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (D.O.C.M. de 18 de julio de 2019),

Dispone:

Artículo único. - Modificación del anexo del Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.

Se modifica el anexo del Decreto 23/2019, de 2 de abril, por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha, el cual se recoge como anexo de la presente Orden.

Disposición final única. - Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Anexos

Omitidos.

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