MADRID, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
El sindicato ya presentó en 2019 en la Audiencia Nacional una demanda contra la compañía en la que pedía que se declarara nulo el cómputo de fichajes de incidencia sobre ausencia para fumar, tomar café o desayunar, que hasta ese momento se integraban en la jornada laboral y no se fichaba ni se descontaba.
En esa primera demanda, CCOO también exigía la nulidad de que las horas extraordinarias dependieran de autorización previa por parte del responsable directo y el nuevo cómputo de jornada establecido por Galp, con la contabilización de los viajes de trabajo como jornada normal.
La Audiencia Nacional rechazó entonces esa demanda y ahora vuelve a hacerlo el Supremo con este recurso de casación. El Supremo ha confirmado la sentencia de 2019 de la Audiencia Nacional.
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Razonable que se exija fichar al salir a desayunar, siempre que se entre y salga del trabajo a su correspondiente hora.
Improcedente que fuera de la " media hora del bocadillo", se salga a tomar cafe o a FUMAR, lo que el vicioso hará varias veces, rodeándose de un derecho que no tiene, en perjuicio de la igualdad de sus compañeros, por lo que el Jefe de personal debe sancionar al fumador, por abandono del servicio.
Si quiere dejar de fumar el Jefe debe aplicar la Conciliación de la vida personal y facilitar su dexintosicacion por los servicios Médicos.
Escrito el 14/03/2023 13:15:49 por joselopezcastilla joselopezcastilla [email protected]
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