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Reglamento de organización y funcionamiento del Institut Valencià d'Art Modern

08/03/2023
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Decreto 20/2023, de 3 de marzo, Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Institut Valencià d'Art Modern (DOGV de 7 de marzo de 2023). Texto completo.

DECRETO 20/2023, DE 3 DE MARZO, CONSELL, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUT VALENCIÀ D'ART MODERN

De conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.17 Vínculo a legislación de la Constitución, así como en el artículo 49.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene competencia exclusiva en materia de cultura.

En ejercicio de las facultades de autoorganización autonómica, se promulgó la Ley 9/1986, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, de la Generalitat, por medio de la cual se creó el Institut Valencià d'Art Modern (en adelante, IVAM), que presta una especial atención a la producción artística valenciana e impulsa su difusión, al tiempo que estimula y valoriza la sensibilidad de nuestra sociedad por el arte moderno realizado fuera de nuestra comunidad. Asimismo, la Generalitat, basándose en la competencia que le atribuye el artículo 49.1.4, Vínculo a legislación promulgó la Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, cuyo título IV está dedicado a los museos y colecciones museográficas permanentes.

El IVAM se convirtió desde su inicio –al cumplir sus objetivos fundacionales– en un foro multidisciplinar de arte moderno, de generación de conocimiento y debate en la esfera pública. El IVAM llegó a ser, por sus propuestas artísticas innovadoras, el buque insignia de las instituciones de la Comunitat Valenciana y de su política cultural, que lo situó en la vanguardia de la escena artística internacional. La experiencia en su gestión puso de manifiesto, también, en los últimos años la necesidad de asegurar los controles éticos, de transparencia y de buenas prácticas, imprescindibles para recuperar su relevancia artística y relanzar su imagen y acciones a escala internacional.

La historia del museo evidencia una constante voluntad de modernización y compromiso con la creación contemporánea.

En los últimos años, desde la gestión del IVAM se ha advertido la necesidad de acometer una profunda modernización del régimen de la institución y la necesidad de implementar nuevos valores emergentes de controles sobre buenas prácticas, ética y transparencia, que permita adecuar su sistema de organización y gestión a las exigencias propias del dinamismo de un museo de arte moderno y contemporáneo. La aprobación de su Reglamento de organización y funcionamiento por Decreto 27/2015, de 27 de febrero Vínculo a legislación, del Consell, inició la transformación del museo para adaptarlo a los nuevos tiempos y a las nuevas necesidades de gestión de las instituciones culturales, así como a toda la normativa autonómica del sector público valenciano.

Igualmente, habiendo transcurrido más de treinta años desde la aprobación de la Ley de creación del IVAM, con el objetivo de actualizar su régimen legal, jurídico y sus órganos rectores y en aras a facilitar una especial agilidad de gestión, así como una estrecha y activa colaboración entre los diversos agentes sociales a través de la reforma de las competencias de los órganos rectores, se promulgó la Ley 1/2018, de 9 de febrero Vínculo a legislación, de la Generalitat, reguladora del Institut Valencià d'Art Modern, que articula su régimen jurídico vigente.

La disposición final segunda de la misma faculta al Consell para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley y establece la obligación de aprobar el nuevo reglamento orgánico y funcional del IVAM.

En virtud de la misma y para completar la regulación legal del IVAM resulta necesario y procedente la aprobación del presente desarrollo reglamentario por decreto del Consell, en el que se establezca el funcionamiento de la entidad de derecho público, adaptándolo a las funciones, régimen, organización y funcionamiento que al mismo le fija su vigente ley reguladora. Este desarrollo se encontraba previsto en el Plan Normativo de la Generalitat para 2021 aprobado por el Acuerdo del Consell de 29 de diciembre de 2020 con el epígrafe 37 “Modificación Reglamento de organización y funcionamiento del Institut Valencià d'Art Modern”.

El texto está integrado por un artículo único, una disposición adicional, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. En el artículo único se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del IVAM que se incorpora como anexo al decreto.

Esta norma se articula sobre los principios de buena regulación: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia previstos en el artículo 129 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En virtud de los principios de necesidad y eficacia, se cumple el mandato establecido en la Ley 1/2018 Vínculo a legislación, reguladora del IVAM, regulando de manera detallada el régimen de organización y funcionamiento.

Respecto al principio de proporcionalidad, este decreto contiene el desarrollo de las previsiones contenidas en la referida Ley 1/2018, el cual resulta necesario y es el instrumento previsto para regular el correcto funcionamiento de la entidad, cumpliéndose a su vez el principio de seguridad jurídica al desarrollar los preceptos contenidos en dicha norma.

En aplicación del principio de transparencia, se han definido los objetivos de esta norma y se garantiza la transparencia en todas las actividades administrativas y cumplimiento de las obligaciones de buen gobierno por parte de los responsables públicos del IVAM. Atendiendo a las previsiones establecidas en la Ley 1/2022, de 13 de abril Vínculo a legislación, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana, se prevé que el IVAM dispondrá de un portal web, en el que se publicará información actualizada sobre la actividad de la entidad, siendo un portal público cuya información estará disponible para la ciudadanía.

Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, este decreto no conlleva ningún tipo de cargas administrativas innecesarias, y supone una racionalización de la gestión de los recursos públicos destinados a la realización de actividades prestacionales y de fomento destinadas al desarrollo de las políticas públicas de la administración de la Generalitat.

Por todo ello, a propuesta de la persona titular de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con el artículo 28 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y con el artículo 6.5 Vínculo a legislación de la Ley 1/2018, de 9 de febrero, reguladora del Institut Valencià d'Art Modern, habiendo emitido su informe preceptivo, entre otros, el Consejo Rector del IVAM, oído el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión celebrada el día 3 de marzo de 2023,

DECRETO

Artículo único. Aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento del Institut Valencià d'Art Modern

Se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la entidad de derecho público Institut Valencià d'Art Modern, cuyo texto figura como anexo del presente decreto del Consell.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Cláusula de no incremento del gasto público

La aplicación y desarrollo de este decreto del Consell no podrá suponer un incremento del gasto en el presupuesto de la Generalitat. A tal efecto, y por lo que se refiere a los gastos de personal, las adaptaciones que puedan realizarse, en el marco de la implantación de la estructura organizativa de la entidad, no podrán suponer incremento de coste alguno.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto del Consell y, en particular, el Decreto 27/2015, de 27 de febrero Vínculo a legislación, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Institut Valencià d'Art Modern.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación

Se faculta a la persona titular de la conselleria competente en materia de cultura para adoptar las medidas necesarias y dictar cuantas disposiciones exija la aplicación y ejecución de este decreto del Consell, en el ámbito de su competencia.

Segunda. Entrada en vigor

El presente decreto del Consell entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

ANEXO OMITIDO

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