Diario del Derecho. Edición de 14/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/03/2023
 
 

Subvenciones de proyectos y actividades para entidades del ámbito de políticas sociales

02/03/2023
Compartir: 

Orden DSO/39/2023, de 28 de febrero, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos y actividades para entidades del ámbito de políticas sociales del Departamento de Derechos Sociales (DOGC de 1 de marzo de 2023). Texto completo.

ORDEN DSO/39/2023, DE 28 DE FEBRERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA ORDINARIA DE SUBVENCIONES DE PROYECTOS Y ACTIVIDADES PARA ENTIDADES DEL ÁMBITO DE POLÍTICAS SOCIALES DEL DEPARTAMENTO DE DERECHOS SOCIALES.

Los programas de subvenciones se han convertido en un instrumento esencial para alcanzar, en todos los ámbitos de la actividad administrativa, las finalidades y los objetivos de las políticas públicas que la legislación establece y que se concretan mediante la acción de gobierno. En este sentido, la subvención no solo orienta en un determinado sentido la actividad de otros entes públicos y entidades privadas de acuerdo con los objetivos de los planes sectoriales correspondientes, sino que la actividad de fomento también permite una gestión más coordinada y participativa de los recursos públicos según los criterios de subsidiariedad, proximidad geográfica y especialización técnica, sin necesidad de duplicar redes existentes o de crear nuevos servicios públicos.

La Ley 12/2007, de 11 de octubre Vínculo a legislación, de servicios sociales, en el artículo 76 prevé que la Administración de la Generalitat puede otorgar subvenciones y otras ayudas a las entidades de iniciativa social para coadyuvar en el cumplimiento de sus actividades de servicios sociales.

El Decreto 184/2022, de 10 de octubre Vínculo a legislación, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, atribuye al Departamento de Derechos Sociales, entre otros, las competencias sobre las políticas de servicios, prestaciones y protecciones sociales, incluida la renta garantizada de ciudadanía, las políticas de juventud, de las personas mayores, de las familias, la infancia y la adolescencia, el acogimiento y las adopciones, las políticas de las personas con discapacidad y dependencias y de los equipamientos asistenciales de la red de servicios sociales, las políticas de inclusión social, de accesibilidad y las políticas de dependencia, así como las políticas de acción comunitaria y atención a la comunidad gitana, la coordinación y la gestión de la red de equipamientos cívicos y sociales y las políticas hacia el tercer sector, la sensibilización cívica y social y el apoyo a las entidades sociales y el voluntariado.

El Departamento de Derechos Sociales dispone de dos grandes programas de subvenciones, uno de ellos financiado con recursos propios, correspondiente a la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos, actividades, ayudas y servicios para entidades del ámbito de las políticas sociales y otro, financiado con los fondos provenientes de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF. El análisis de las actividades y proyectos subvencionados con estos dos programas en los últimos años ha permitido identificar una serie de oportunidades de mejora en la eficiencia de la asignación de recursos y en la consecución de las finalidades de los programas, que requieren una revisión conjunta de las órdenes de bases que regulan estos. Para realizar de manera efectiva la armonización de las dos grandes convocatorias de subvenciones del Departamento de Derechos Sociales, de cara a su implementación en el ejercicio 2024, se hace necesario disponer de una orden de bases de transición para regular la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos y actividades del año 2023, con una estructura análoga a la de las bases vigentes en 2022, pero pasando todas las líneas de carácter plurianual a líneas de carácter anual, con el fin de hacer posible su armonización con las líneas financiadas con el IRPF que se ejecutarán en el año 2024.

De manera específica, hay que mencionar la situación especial de la línea J, que se dirige a financiar los programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales. Esta línea está regulada por la Orden de bases TSF/127/2019, de 27 de junio, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos, actividades, ayudas y servicios para entidades del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y por la Resolución TSF/1962/2019, de 16 de julio, por la que se abre la convocatoria ordinaria para la concesión de subvenciones de proyectos y actividades a entidades del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias para el ejercicio 2019, que convocaba la línea J por un periodo de 4 años, que acababa el pasado 31 de diciembre de 2022. Durante este periodo, se ha aprobado el Decreto 69/2020, de 14 de julio Vínculo a legislación, de acreditación, concierto social y gestión delegada en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública, que permite disponer de un instrumento de provisión de los servicios mucho más adecuado que no la subvención. Desde la aprobación de este Decreto, se ha ido produciendo de manera progresiva la acreditación de la mayoría de las entidades que prestan los servicios financiados a través de la línea J, pero no ha sido posible finalizar del todo este proceso y hacer la provisión ordinaria de estos servicios por concertación social, de acuerdo con las previsiones del Decreto 69/2020. Por esta razón y para no dejar sin cobertura los servicios de la antigua línea J, se hace necesario hacer una última convocatoria extraordinaria de subvención para cubrir el funcionamiento de estos servicios durante el primer semestre de 2023, mientras se acaba del todo el proceso de acreditación y se hace la provisión ordinaria. Para realizar esta convocatoria extraordinaria, hay que modificar también de manera puntual estas bases, con el fin de ajustar a 6 meses el plazo de las actividades subvencionables en la convocatoria extraordinaria de la línea J, así como para ajustar el funcionamiento de la línea J.20, de regularizaciones de usuarios de la convocatoria de entidades de ejercicios anteriores a esta nueva circunstancia.

La presente Orden contiene todas las bases, generales y específicas, de las diferentes líneas del Departamento de Derechos Sociales dirigidas a las entidades de servicios sociales y otras en materia de familia; promoción de las personas mayores activas; infancia y adolescencia; familias y personas en situación de vulnerabilidad; asociacionismo, voluntariado, acción comunitaria y atención a la comunidad gitana y juventud y educación en el ocio. Se mantiene, por lo tanto, la separación entre las bases generales y específicas, de vigencia indefinida, por un lado, y las convocatorias anuales correspondientes, por el otro lado.

Las bases generales ordenan y unifican el procedimiento general de gestión de las subvenciones, y las bases específicas concretan, sobre todo, las reglas objetivas de valoración de cada línea.

La convocatoria ordinaria anual determina, fundamentalmente, el inicio y el periodo de gestión de las acciones subvencionables, y concreta la partida presupuestaria disponible, de acuerdo con la Ley de presupuestos anual, dentro del ámbito competencial del Departamento de Derechos Sociales.

La Orden consta de un único artículo que aprueba las bases generales, que figuran en el anexo 1, las bases específicas, que figuran en los anexos 2, 3 y 4, y la tipología de módulos máximos de los programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales definidos en la actual Cartera de servicios sociales, que figuran en el anexo 5.

Mediante el anexo 6 se indican los principios éticos y las reglas de conducta a los que las personas beneficiarias de subvenciones o ayudas deben adecuar su actividad, de acuerdo con el artículo 55.2 Vínculo a legislación de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Considerando lo que prevén el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación ;

Considerando el informe del Consejo General de Servicios Sociales de 2023, de fecha 24 de enero de 2023, y en uso de las atribuciones que me confieren la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases generales y las específicas para cada línea que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos, actividades, ayudas y servicios a entidades de los ámbitos de asuntos sociales, inclusión social, servicios sociales, familias, juventud, educación en el ocio, infancia y adolescencia, personas mayores, asociacionismo, voluntariado, acción comunitaria y atención a la comunidad gitana, del Departamento de Derechos Sociales que se indican a continuación:

Anexo 1. Bases generales, aplicables a todos los programas y subvenciones

Anexo 2. Subvenciones a entidades para actividades y proyectos de las líneas que se indican a continuación

(Todas las líneas incluidas en este anexo tienen carácter anual).

B Programas de atención social y educativa dirigidos a niños y a adolescentes en situación de riesgo social.

B.1 Actividades preventivas de atención social para niños y jóvenes en riesgo social o en situación de riesgo de maltrato leve o moderado.

C Programas de apoyo a personas jóvenes tuteladas y extuteladas.

C.1 Proyectos de apoyo y acompañamiento para jóvenes (apoyo educativo, psicológico, jurídico y sociolaboral) dirigidos a la integración social y a la normalización en la vida de la comunidad.

E Programas de apoyo al asociacionismo juvenil.

E.1 Proyectos juveniles.

E.2 Proyectos para planes anuales de actuación de asociaciones juveniles relevantes y de amplio alcance territorial.

E.3 Proyectos para planes anuales de actuación de asociaciones juveniles de ámbito local y comarcal.

F Programas de carácter comunitario, de promoción del voluntariado y fortalecimiento del asociacionismo, y de promoción y reconocimiento del pueblo gitano.

F.1 Actividades de carácter cívico y comunitario del asociacionismo vecinal.

F.2 Proyectos de fomento y promoción del voluntariado y de mejora de su gestión.

F.3 Proyectos de acción comunitaria inclusiva para luchar contra la exclusión social.

F.4 Proyectos para la promoción del reconocimiento, la participación, la inclusión social y la igualdad de trato del pueblo gitano en Cataluña.

F.5 Proyectos para el fortalecimiento del asociacionismo.

F.6 Actividades formativas vinculadas al Plan de formación del asociacionismo y el voluntariado de Cataluña.

G Programas de apoyo de servicios sociales.

G.1 Proyectos de mantenimiento de actividades de apoyo o complementarias vinculadas a la prestación de servicios sociales.

G.2 Proyectos de apoyo a los y las profesionales de la intervención y acción social.

L Programas para actuaciones de accesibilidad y mejora de la igualdad de oportunidades para personas con discapacidad.

L.1 Acciones de fomento de la accesibilidad a la comunicación del servicio.

L.2 Acciones de fomento de la accesibilidad para el acceso y en el interior del establecimiento.

N Programas dirigidos a cubrir las necesidades básicas de familias y personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

N.1 Proyectos de ayudas económicas y prestación de servicios a familias y a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

N.2 Proyectos de sensibilización contra el despilfarro alimentario.

Q Programas de apoyo a la educación en el ocio.

Q.1 Proyectos de educación en el ocio.

Q.2 Proyectos de apoyo a las pequeñas y medianas federaciones y movimientos de entidades de educación en el ocio y a sus entidades miembros.

Q.3 Proyectos de apoyo a las grandes federaciones y a los movimientos de entidades de educación en el ocio y a sus entidades miembros.

Q.4 Actuaciones de apoyo a la participación en igualdad de condiciones en las actividades de educación en el ocio.

Q.5 Monitorización para la inclusión de niños y jóvenes con discapacidad en las actividades de educación en el ocio.

R Programas de atención a personas sin hogar en su proceso de recuperación de la autonomía personal y vínculos sociales.

R.1 Proyectos específicos en el ámbito de la atención a personas sin hogar en su proceso de recuperación de autonomía personal y vínculos sociales.

S Programas dirigidos a evitar la exclusión social y facilitar el empoderamiento de personas que se encuentran en situación de pobreza o exclusión social.

S.1 Proyectos innovadores de carácter preventivo dirigidos a evitar la exclusión social y facilitar el empoderamiento de personas que se encuentran en situación de pobreza o exclusión social.

T Programas de prevención, apoyo y lucha contra el maltrato a las personas mayores y de promoción de las personas grandes activas.

T.1 Actividades de lucha contra la violencia y el maltrato a las personas mayores.

T.2 Actividades de envejecimiento activo.

Anexo 3. Subvenciones a entidades para servicios sociales de las líneas que se indican a continuación:

(Todas las líneas incluidas en este anexo tienen carácter anual excepto las líneas X y Z que son de carácter semestral y se ejecutan a partir del segundo semestre de 2023).

H Programas de apoyo a las familias.

H.1 Servicios de acompañamiento a la familia con necesidades específicas (SAFE).

H.2 Servicios de orientación y acompañamiento a las familias (SOAF) y programas de orientación educativa.

I Programas de intervención socioeducativa dirigidos a niños y a adolescentes en situación de riesgo.

I.1 Servicios de apoyo a las familias con niños de 0 a 3 años en situación de riesgo.

I.2 Servicios de atención diurna (servicio de centro abierto).

I.3 Servicios de intervención en familias con niños y adolescentes en situación de riesgo.

I.4 Servicios de acompañamiento socioeducativo para adolescentes en situación de riesgo.

X Programas dirigidos al apoyo de proyectos de atención social de carácter experimental para la inserción comunitaria de personas con problemática social derivada de conducta adictiva, trastornos de la conducta alimentaria o VIH-sida.

X1 Proyectos de acompañamiento a la vida autónoma para personas afectadas por el virus VIH/sida.

X2 Proyectos de acompañamiento a la vida autónoma para personas con conducta adictiva.

X3 Proyectos de viviendas asistidos para personas con trastornos de la conducta alimentaria.

La ejecución será durante el segundo semestre del año 2023.

Z Programas dirigidos al apoyo de proyectos de atención social de carácter experimental para personas con discapacidad física, intelectual o en situación de pluridiscapacidad.

Z1 Proyectos de respiro a personas con discapacidad física e intelectual realizados en centros de día de atención especializada.

Z2 Proyectos experimentales de atención diurna para personas con discapacidad física que incorporen la flexibilización en las horas de atención y días semanales de asistencia.

Z3 Proyectos de viviendas con apoyo para personas con discapacidad física o intelectual.

La ejecución será durante el segundo semestre del año 2023.

Anexo 4. Programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales de la línea J y sublíneas de la misma que se indican a continuación:

J Programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales definidos en la actual Cartera de servicios sociales relativos a servicios especializados de atención a las personas mayores con dependencia o riesgo social, a personas con discapacidad, problemática social derivada de trastorno mental, drogodependencias u otras adicciones, afectadas por el virus VIH/sida o con problemática social y riesgo de exclusión, social.

J.1 Servicio de tutelas para personas mayores con dependencia o riesgo social (de carácter semestral).

J.2 Servicio de centro de día de atención especializada temporal o permanente para personas con discapacidad intelectual o física (de carácter semestral).

J.3 Servicios de hogar residencia temporal o permanente para personas con discapacidad intelectual o física (de carácter semestral).

J.4 Servicio de centro residencial temporal o permanente para personas con discapacidad intelectual o física (de carácter semestral).

J.5 Servicios de centros ocupacionales para personas con discapacidad intelectual o física (de carácter semestral).

J.7 Servicio de tutela para personas con discapacidad intelectual (de carácter semestral).

J.8 Servicio de hogar residencia temporal o permanente para personas con problemática social derivada de trastorno mental (de carácter semestral).

J.9 Servicio de hogar con apoyo temporal o permanente para personas con problemática social derivada de trastorno mental (de carácter semestral).

J.10 Servicio de club social para personas con problemática social derivada de trastorno mental (de carácter semestral).

J.11 Servicio prelaboral para personas con problemática social derivada de trastorno mental (de carácter semestral).

J.12 Servicio de tutela para personas con problemática social derivada de trastorno mental (de carácter semestral).

J.13 Servicio de centro de día para personas con drogodependencias (de carácter semestral).

J.14 Servicio de piso con apoyo para personas con drogodependencias (de carácter semestral).

J.15 Servicio de comunidad terapéutica para personas con drogodependencias (de carácter semestral).

J.16 Servicio de prevención para personas afectadas por el virus VIH/sida. Servicio de acompañamiento a la vida autónoma (de carácter semestral).

J.17 Servicio de hogar con apoyo para personas afectadas por el virus VIH/sida (de carácter semestral).

J.18 Servicio de hogar residencia para personas afectadas por el virus VIH/sida (de carácter semestral).

J.19 Servicio de prevención de adicciones. Servicio de acompañamiento a la vida autónoma (de carácter semestral).

J.20 Programa para las regularizaciones de personas usuarias de la convocatoria de entidades de ejercicios anteriores (de carácter anual).

Anexo 5. Módulos

Línea J Programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales definidos en la actual Cartera de servicios sociales relativos a servicios especializados de atención a las personas mayores con dependencia o riesgo social y a las personas con discapacidad, problemática social derivada de trastorno mental, drogodependencias u otras adicciones, afectadas por el virus VIH/sida o con problemática social y riesgo de exclusión social.

Tipo de acción Q5 Monitorización para la inclusión de niños y jóvenes con discapacidad en las actividades de educación en el ocio

Anexo 6. Principios éticos y reglas de conducta

Se indican los principios éticos y las reglas de conducta a los que las personas beneficiarias de subvenciones o ayudas deben adecuar su actividad, de acuerdo con el artículo 55.2 Vínculo a legislación de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden TSF/59/2021, de 11 de marzo, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos y actividades para entidades del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

Disposición transitoria

Las subvenciones otorgadas de acuerdo con la disposición que deroga esta Orden se seguirán rigiendo por las bases reguladoras a cuyo amparo se otorgaron.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana