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  • EDICIÓN DE 21/02/2023
 
 

Ayudas en la línea de Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura

21/02/2023
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Orden de 13 de febrero de 2023, por la que se modifica la Orden de 10 de agosto de 2022, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas en la línea de Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, reguladas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020) (BOJA de 20 de febrero de 2023). Texto completo.

ORDEN DE 13 DE FEBRERO DE 2023, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2022 LAS AYUDAS EN LA LÍNEA DE TRANSFORMACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA, REGULADAS EN LA ORDEN DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2016, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, AL FOMENTO DE LA COMERCIALIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA EN ANDALUCÍA, PREVISTAS EN EL PROGRAMA OPERATIVO DEL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA (2014-2020).

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural dicta la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).

Mediante Orden de 10 de agosto de 2022, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, se convocan para el año 2022 las ayudas en la línea de Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, reguladas en la Orden de 27 de septiembre de 2016.

La gestión de la citada convocatoria de subvenciones reguladas en la mencionada orden ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar determinados aspectos técnicos y jurídicos de la regulación contenida en la misma para poder atender las solicitudes presentadas con un incremento de crédito de la convocatoria, sin que estas modificaciones supongan una modificación sustancial de la misma ni permita una nueva apertura del plazo de solicitudes para estas ayudas.

Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de la orden citada y en ejercicio, y en su virtud y en ejercicio de la competencia que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. La modificación de la Orden de 10 de agosto de 2022, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas en la linea de Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, reguladas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020), en los siguientes términos:

Se modifica el resuelvo primero, que queda redactado como sigue:

“Primero. Convocatoria, financiación y régimen aplicable.

1. Efectuar la convocatoria para el año 2022 de las ayudas a la Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020), con la siguiente cuantía y distribución presupuestaria:

Tabla omitida.

2. De conformidad con lo lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación, además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional máxima de hasta 2.350.000 euros, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.

3. Conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación, se prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

4. La información asociada al procedimiento de ayudas a la Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura está disponible en el Código de Procedimiento 8828, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/8828.html”

Segundo. La presente modificación no supone una nueva apertura del plazo de solicitudes para estas ayudas.

Tercero. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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