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Año Eusebio Sempere

01/02/2023
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Decreto 8/2023, de 27 de enero, del Consell, por el que se declara el año 2023 como Año Eusebio Sempere (DOGV de 31 de enero de 2023). Texto completo.

DECRETO 8/2023, DE 27 DE ENERO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE DECLARA EL AÑO 2023 COMO AÑO EUSEBIO SEMPERE.

El pintor y escultor Eusebio Sempere Juan nació en la localidad alicantina de Onil el 3 de abril de 1923. Ya desde niño mostraba una gran capacidad imaginativa y una especial inclinación por el arte. Afincado en València, junto a su familia, después de la guerra civil, estudió en la escuela de Artes y Oficios y en la Escuela de Bellas Artes de San Carlos, donde recibió el título de profesor de dibujo en 1948. La obtención de una beca le permitió trasladarse a París, ciudad donde vivió durante varias épocas y donde completó su formación artística en contacto con las corrientes artísticas de vanguardia.

Durante los años 50, Eusebio Sempere orienta su carrera artística hacia la abstracción, alejándose de la pintura figurativa. Aprendió la técnica de la serigrafía e introdujo el uso de la regla y el tiralíneas en sus obras, al tiempo que su interés por el arte cinético y óptico se manifiesta en los relieves luminosos, basados en la utilización de las formas, el movimiento y la luz como elementos expresivos, y culmina, ya en los años 60 y 70, en las esculturas geométricas de hierro o acero, móviles o giratorias, que él concebía como “pinturas en tres dimensiones”.

Eusebio Sempere formó parte de los grupos de artistas que, de manera más significativa, contribuyeron a la renovación del panorama artístico y cultural valenciano de posguerra, como la agrupación Els Set y el Grup Parpalló, y participó en numerosas bienales internacionales y exposiciones individuales y colectivas, tanto en España como en Europa y en los Estados Unidos, donde su obra fue exhibida en las galerías y museos de arte contemporáneo más importantes.

Eusebio Sempere fue el impulsor de la creación del Museo de La Asegurada de Alicante, uno de los primeros y más importantes museos de arte contemporáneo de España, que se inauguró en 1977 para mostrar la colección “Arte Siglo XX” que el mismo artista había donado a la ciudad, y que constituye el origen del que actualmente es el MACA, el Museo de Arte Contemporáneo de Alicante.

Entre los reconocimientos que recibió a lo largo de su carrera artística se pueden destacar la Medalla de Oro al Mérito en las Bellas Artes y el premio Príncipe de Asturias de las Artes, la investidura como doctor honoris causa por la Universidad de Alicante y el nombramiento como académico de honor de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos, así como el nombramiento como hijo predilecto de la provincia de Alicante y de la Villa de Onil, donde murió el 10 de abril de 1985.

Por todo ello, en virtud de lo que dispone el artículo 18.f Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del president de la Generalitat, y previa deliberación del Consell, en la reunión de 27 de enero de 2023,

DECRETO

Artículo 1. Objeto

1. Se declara el año 2023 como Año Eusebio Sempere, en conmemoración del centenario de su nacimiento.

2. Se crea la Comisión Conmemorativa del Año Eusebio Sempere (de ahora en adelante, la Comisión), que se adscribe a la Presidencia de la Generalitat, a través del Gabinete del President.

Artículo 2. Composición de la Comisión

1. Las personas miembros de la Comisión serán nombradas, mediante resolución del president de la Generalitat, entre representantes de entidades públicas o privadas vinculadas al ámbito de la cultura y personas relevantes por su prestigio y su contribución a la cultura y las artes.

2. Las funciones de secretaría de la Comisión serán ejercidas por la persona que designe la Comisión de entre sus miembros.

Artículo 3. Funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión

1. A la Comisión le corresponde establecer las pautas para la elaboración de la programación de acciones y actividades conmemorativas, y aprobar el programa general de los actos conmemorativos que se desarrollen, así como la coordinación con otros organismos o entidades, públicas o privadas, que deseen participar en la conmemoración.

2. La Comisión podrá funcionar en pleno o en grupos de trabajo, cuya composición, atribuciones y régimen de funcionamiento se acordarán por el pleno.

3. La Comisión se reunirá una vez cada cuatro meses con carácter ordinario, y, con carácter extraordinario, cuantas veces sea convocada por la presidencia, a iniciativa propia o a propuesta, al menos, de una tercera parte de las vocalías.

4. El régimen de convocatorias, constitución y adopción de acuerdos de la Comisión será el que se dispone en la normativa básica reguladora del régimen jurídico del sector público, así como, en su caso, en las normas de funcionamiento que pueda aprobar la Comisión.

Artículo 4. Comité Ejecutivo

1. Para facilitar el desarrollo de las funciones de la Comisión, se creará un Comité Ejecutivo integrado por una presidenta o un presidente, designado, por resolución del president de la Generalitat, de entre las personas miembros de la Comisión, y otras cuatro personas miembros de la Comisión designadas por esta. La secretaría del Comité será ejercida por la persona designada por y entre sus miembros.

2. El Pleno de la Comisión acordará las atribuciones y el régimen de funcionamiento del Comité Ejecutivo, al que corresponderá, en todo caso, la toma de decisiones y el seguimiento más inmediatos de los asuntos que correspondan a la Comisión Conmemorativa, así como las otras funciones que esta le encomiende. En todo lo que no se haya previsto por la Comisión, el funcionamiento del Comité Ejecutivo se regirá por la normativa básica reguladora del régimen jurídico del sector público.

3. El Comité se reunirá una vez al mes con carácter ordinario, y, con carácter extraordinario, cuantas veces sea convocado por su presidencia, a iniciativa propia o a propuesta, al menos, de dos de sus integrantes.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Apoyo al funcionamiento de la Comisión

Por parte de la Presidencia de la Generalitat se dará el apoyo técnico y material que requiera el adecuado desarrollo de las funciones de la Comisión Conmemorativa del Año Eusebio Sempere. A este efecto, se podrá adscribir temporalmente el personal técnico que pueda ser necesario en función de los trabajos a realizar.

Segunda. Incidencia presupuestaria

La aplicación de este decreto no podrá tener ninguna incidencia en la dotación de los capítulos de gasto del presupuesto de la Generalitat y, en todo caso, será atendida con los medios personales y materiales de la Administración de la Generalitat.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación normativa

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, y en el artículo 4, apartado 1, se faculta a la persona titular del Gabinete del President de la Generalitat para dictar las disposiciones que sean necesarias para la aplicación y desarrollo de lo que se establece en este decreto.

Segunda. Vigencia del decreto

Las disposiciones contenidas en este decreto se mantendrán vigentes hasta que transcurran seis meses desde la finalización del Año Eusebio Sempere.

Tercera. Efectos

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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