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Año Joaquín Sorolla

25/01/2023
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Decreto 3/2023, de 20 de enero, del Consell, de declaración del año 2023 como Año Joaquín Sorolla (DOGV de 24 de enero de 2023). Texto completo.

DECRETO 3/2023, DE 20 DE ENERO, DEL CONSELL, DE DECLARACIÓN DEL AÑO 2023 COMO AÑO JOAQUÍN SOROLLA.

Joaquín Sorolla Bastida (València, 27 de febrero de 1863 – Cercedilla, 10.08.1923) es el pintor valenciano más reconocido de todos los tiempos. Su inmensa producción es conocida y reconocida en todo el mundo y sus cuadros cuelgan en las salas de los principales museos. Su enorme calidad técnica y su personal estilo son fácilmente reconocibles y las imágenes que creó forman parte de la cultura visual universal.

Joaquín Sorolla quedó huérfano con tan solo dos años, y pronto, a partir de 1876, inició su educación artística en la Escuela de Artesanos, donde se conservan todavía algunas de sus creaciones más tempranas. En 1878 ingresó en la Escuela de Bellas Artes de San Carlos, donde se formó en la tradición académica, aunque se considera que sus verdaderos maestros fueron Francisco Domingo Marqués y Gonzalo Salvá Simbor. Francisco Domingo fue el iniciador de la Edad de Plata de la pintura valenciana y pionero en la introducción de las novedades aprendidas en Roma y París. Gonzalo Salvá, a su vez, abrió los ojos a Sorolla a la pintura del natural y al aire libre, algo que marcó para siempre su trayectoria. Esta tendencia hacia un realismo cuya voluntad es captar la inmediatez del instante se acentuó en los años ochenta del siglo XIX, gracias a su contacto con Ignacio Pinazo Camarlench, verdadero genio de la pintura compuesta mediante manchas de color.

En toda la trayectoria de Joaquín Sorolla, pero particularmente durante sus primeros años, fue fundamental su relación con Clotilde García del Castillo, a la que conoció con apenas quince años. La que más tarde se convirtió en su esposa, era hija de Antonio García, el fotógrafo más reputado de Valencia durante la segunda mitad del siglo XIX. La cercanía con sus suegros justifica en gran medida la modernidad fotográfica de muchos de los encuadres empleados por el pintor, igual que su estrecha relación con Clotilde explica el papel fundamental que ella ejerció en el ascenso y proyección internacional del pintor.

1884 fue un punto de inflexión en la vida de Joaquín Sorolla. El pintor obtiene la segunda medalla en la Exposición Nacional de Bellas Artes con El Dos de Mayo, y obtiene una pensión de la Diputación de Valencia para viajar a Roma con El Grito del palleter. Las estancias en Italia y París, su estrecha relación con los Benlliure, y la apertura hacia distintas corrientes internacionales, desde el esencialismo de los Nazarenos, a la pintura social de Jules Bastien-Lepage o el colorismo de Adolph von Menzel cambian su manera de crear. No obstante, su pintura, que ha sido definida en ocasiones como luminista, se relaciona sobre todo con el tratamiento dado a la luz de los pintores nórdicos como Anders Zorn.

Con unas dotes innatas, la obra de Joaquín Sorolla fue, en su madurez, excelente en todos los géneros, desde el realismo social de Triste herencia, o ¡... y aún dicen que el pescado es caro!, al costumbrismo de Grupa valenciana o Fiesta valenciana, los paisajes y las incontables escenas de playa pintadas en València y Jávea como Pescadoras valencianas o Paseo a orillas del mar, o los excelentes retratos de las principales personalidades del momento, desde Benito Pérez Galdós, a Isabel Bru, Lucrecia Arana o Vicente Blasco Ibáñez.

Desde 1892 Joaquín Sorolla participó en numerosas exposiciones internacionales celebradas en Múnich, París, Chicago, Berlín, Venecia y Viena, pero fue en 1900 cuando obtuvo el Grand Prix en la Exposición Universal de París y en 1901 la medalla de honor en la Exposición Nacional de Bellas Artes en Madrid. A partir de este momento su éxito resultó imparable. Sorolla expuso en las principales capitales europeas y americanas y en 1911 recibió de Archer Milton Huntington el encargo de pintar Las Provincias de España para la sede de la Hispanic Society of America en Nueva York. Sus últimos años fueron de trabajo incansable, dejando una inmensa obra llena de creatividad hasta su muerte en 1923.

Joaquín Sorolla ha sido, sin duda, uno de los valencianos más universales. El pintor fue parte de un momento excepcional de la cultura valenciana de finales del siglo XIX y principios del XX en el que despuntaron también Vicente Blasco Ibáñez, Ignacio Pinazo o Mariano Benlliure. Su figura forma parte de la identidad de Valencia y ha contribuido, como pocos, al conocimiento de esta tierra más que la de nadie. Por lo tanto, es imprescindible declarar 2023, centenario de su fallecimiento, Año Joaquín Sorolla, y dotar esta efeméride de un contenido que profundice en el conocimiento de la trayectoria y obra del pintor y difunda su genio creador.

La gran relevancia que la figura de Joaquín Sorolla ha tenido en el contexto de la cultura valenciana comporta el interés de diversas instituciones y personas relacionadas con la vida, la actividad y el legado del pintor para expresar su adhesión a la celebración del Año Joaquín Sorolla. Por ello, en este decreto se dispone la creación, junto a la Comisión Conmemorativa que se deberá encargar de la programación de los actos conmemorativos, de un Comité de Honor integrado por las instituciones y personas adheridas.

Dada la dimensión estatal e internacional de la figura de Joaquín Sorolla, puesta de manifiesto también en el contenido del Real decreto 15/2023, aprobado por el Consejo de Ministros el 17 de enero de 2023, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del fallecimiento de Joaquín Sorolla para el conjunto del Estado Español, es necesario implicar también al conjunto de las instituciones estatales en el desarrollo del Año Joaquín Sorolla.

Por todo ello, de acuerdo con los artículos 21 Vínculo a legislación y 33.2 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, del Consell, el president de la Generalitat, en virtud de las competencias de dirección y coordinación de la acción del Consell que le corresponden, en virtud de lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 5/1983, y previa deliberación del Consell, en la reunión del 20 de enero de 2023,

DECRETO

Artículo 1. Objeto

1. Se declara el año 2023 como Año Joaquín Sorolla, en conmemoración del centenario de la muerte del pintor Joaquín Sorolla Bastida.

2. Se crea el Comité de Honor del Año Joaquín Sorolla, integrado por las personas e instituciones que, a continuación, se enumeran:

– Generalitat

– Cortes Valencianas

– Ministerio de Cultura y Deporte

– Diputación de Valencia

– Diputación de Alicante

– Diputación de Castellón

– Ayuntamiento de València

– Ayuntamiento de Jávea

– Consell Valencià de Cultura

– Universitat de València – Estudi General

– Universitat Politécnica de València.

– Herederos de Joaquín Sorolla, representados por la Fundación Museo Sorolla.

3. Se crea la Comisión Conmemorativa del Año Joaquín Sorolla (en adelante, la Comisión), que se adscribe a la Presidencia de la Generalitat, a través de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Representación institucional.

Artículo 2. Composición de la Comisión

1. Serán miembros de la Comisión las personas titulares de:

a) La Presidencia de la Generalitat, que ejercerá la presidencia de la Comisión.

b) La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, que ejercerá la vicepresidencia primera de la Comisión.

c) La presidencia de les Corts Valencianes.

d) El Ministerio de Cultura y Deporte, que ejercerá la vicepresidencia segunda de la Comisión.

e) La Secretaría Autonómica para la Unión Europea y Relaciones Externas.

f) La Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte.

g) La Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Representación Institucional.

h) La Dirección General de Promoción Institucional.

i) La Dirección General de Cultura y Patrimonio.

j) La presidencia de la Diputación de Valencia.

k) La presidencia de la Diputación de Alicante.

l) La presidencia de la Diputación de Castellón.

m) La alcaldía del Ayuntamiento de València.

n) La alcaldía del Ayuntamiento de Jávea.

o) La presidencia del Consell Valencià de Cultura.

p) El rectorado de la Universitat de València – Estudi General.

q) El rectorado de la Universitat Politècnica de València.

r) La persona titular de la presidencia del Patronato de la Fundación Museo Sorolla.

s) La persona comisionada y las personas comisionadas adjuntas para la conmemoración del Año Joaquín Sorolla, que se designarán mediante una resolución del president de la Generalitat.

2. Las funciones de secretaría de la Comisión serán ejercidas por la persona que designe la Comisión entre sus miembros.

Artículo 3. Funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión

1. A la Comisión le corresponde establecer las pautas para la elaboración de la programación de acciones y actividades conmemorativas, y aprobar el programa general de los actos conmemorativos que se desarrollen, así como la coordinación con los organismos que forman parte del Comité de Honor u otros que se puedan adherir a la realización de actos conmemorativos.

2. La Comisión podrá funcionar en pleno o en grupos de trabajo, cuya composición, atribuciones y régimen de funcionamiento se acordará por el pleno.

3. La Comisión se reunirá una vez cada cuatro meses con carácter ordinario, y, con carácter extraordinario, cuantas veces sea convocada por la presidencia, a iniciativa propia o a propuesta, al menos, de una tercera parte de sus miembros.

4. El régimen de convocatorias, constitución y adopción de acuerdos de la Comisión será el que se dispone en la normativa básica reguladora del régimen jurídico del sector público, así como, si procede, en las normas de funcionamiento que pueda aprobar la Comisión.

5. Podrán asistir a las sesiones de la Comisión, con voz, pero sin voto, las personas que la presidencia estime conveniente por razón de su competencia o conocimiento de los asuntos a tratar, bien sea a título individual o en representación de otras entidades o instituciones.

6. Cualquiera de las personas miembros de la Comisión podrá delegar su asistencia en cualquier otra persona que considere conveniente por razón de las materias a tratar.

Artículo 4. Comisariado y Comité Artístico

1. Para garantizar el desarrollo de las actividades conmemorativas acordadas en el marco de la Comisión, se creará un Comisariado y un Comité Artístico, que tendrán capacidad ejecutiva.

2. El Pleno de la Comisión acordará las atribuciones concretas del Comisariado. En todo caso le corresponderá la toma de decisiones y el seguimiento más inmediato de los asuntos que correspondan a la Comisión Conmemorativa, así como las otras funciones que esta le encomiende. En todo lo que no se haya previsto por la Comisión, el funcionamiento del Comité Artístico se regirá por la normativa básica reguladora del régimen jurídico del sector público.

3. El Comisariado estará formado por la persona comisionada para el Año Joaquín Sorolla. El Comité Artístico, estará formado por el Comisariado y las personas comisionadas adjuntas.

4. El Comité Artístico se reunirá una vez al mes con carácter ordinario, y, con carácter extraordinario, cuantas veces sea convocado por la Comisión.

Artículo 5. Marca del año conmemorativo

1. Durante el año 2023, la Administración de la Generalitat y las entidades integrantes de su sector público instrumental utilizarán, en la papelería básica, comunicaciones, soportes publicitarios y otros elementos identificativos, una marca representativa de la conmemoración.

2. La marca mencionada, así como las condiciones de su utilización, serán aprobadas por acuerdo del Consell, en el cual se deberán prever los mecanismos adecuados de difusión para su uso.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Apoyo al funcionamiento de la Comisión

La Presidencia de la Generalitat, a través de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Representación Institucional, prestará el apoyo técnico y material que requiera el adecuado desarrollo de las funciones de la Comisión Conmemorativa del Año Joaquín Sorolla y de las personas designadas como comisionadas para la conmemoración.

Segunda. Incidencia presupuestaria

La aplicación de este decreto no podrá tener incidencia en la dotación de los capítulos de gasto del presupuesto de la Generalitat y, en todo caso, será atendida con los medios personales y materiales de la Administración de la Generalitat.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Representación Institucional para adoptar las instrucciones y actos administrativos necesarios para la aplicación de este decreto.

Segunda. Vigencia

Las disposiciones contenidas en este decreto se mantendrán vigentes hasta que transcurran seis meses desde la finalización del Año Joaquín Sorolla.

Tercera. Efectos

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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