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Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León

12/01/2023
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Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, por la que se aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León (BOCYL de 11 de enero de 2023). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 28 DE DICIEMBRE DE 2022, DE LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN.

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.f) Vínculo a legislación de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León, modificado por la Ley 4/2013, de 19 de junio Vínculo a legislación, por la que se modifica la organización y funcionamiento de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León, ha aprobado, en su reunión de 28 de diciembre de 2022, a propuesta del Consejo de Cuentas, la siguiente modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León, aprobado por Resolución de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, de 5 de febrero de 2014, y publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León, n.º 36, de 21 de febrero de 2014, y en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 370, de 19 de febrero de 2014, y ha ordenado su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León y en el Boletín Oficial de Castilla y León:

“Se modifica el artículo 18, que quedará redactado como sigue:

“Artículo 18. Dispensa de remisión de documentación.

1. El Consejo de Cuentas podrá dispensar la remisión de la documentación justificativa de las cuentas y de la gestión económica si así lo acuerda con carácter general o singular. En estos casos se acompañará una declaración del cuentadante de que todos los justificantes están a disposición del Consejo de Cuentas en la oficina u organismo correspondiente y, si faltara alguno, se deberá indicar el motivo.

2. El Consejo de Cuentas, con la finalidad de simplificar la obligación legal de los órganos de contratación establecida en la legislación de Contratos del Sector Público, podrá acordar la sustitución de la remisión documental por una relación certificada de carácter periódico y con el ámbito y contenido que se determine.”“.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2022.

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