Fernando NOVAL VILLODAS
Abogado ICABizkaia
TIPO DE ACTIVIDADES:
Prohibidas en los estatutos
Dañosas para la finca.
Molestas.
Insalubres y nocivas.
Peligrosas.
Ilícitas.
LA ACCIÓN DE CESACIÓN (Art. 7.2 L.P.H.). Procedimiento:
Requisitos para la demanda.
Medidas cautelares.
Tramitación.
Prueba.
Privación del derecho de uso. Arrendatario/a infractor/a.
MOLESTIAS QUE AFECTAN A LOS VECINOS, PERO QUE SE GENERAN FUERA DEL EDIFICIO DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.