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Programa de Termalismo

09/12/2022
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Orden 243/2022, de 28 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden 44/2017, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha (DOCM de 7 de diciembre de 2022). Texto completo.

ORDEN 243/2022, DE 28 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 44/2017, DE 15 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE TERMALISMO DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Orden 44/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, establece las bases reguladoras del programa de termalismo de Castilla-La Mancha.

Dicha orden, fijaba una ayuda máxima a conceder por persona beneficiaria del programa de termalismo, y que se considera necesario actualizar, dado el tiempo transcurrido desde la aprobación de las bases reguladoras y motivado, entre otros factores y principalmente, por la evolución del índice de precios al consumo operada desde entonces.

Por todo lo anterior, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 23.2.c) Vínculo a legislación de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre Vínculo a legislación, y previo informe del Servicio de Desarrollo Normativo e Igualdad de Género de la Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social, Dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden 44/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha.

Uno. Se modifica la Base Séptima. 1 en la Orden 44/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, que tendrá la siguiente redacción:

“1. El importe de la ayuda será de 122,28 euros por persona beneficiaria”.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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