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Oficina de asistencia en materia de registros

24/10/2022
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Orden DSA/999/2022, de 19 de octubre, por la que se modifica la Orden DSA/159/2022, de 2 de marzo, por la que se crea una oficina de asistencia en materia de registros (BOE de 24 de octubre de 2022). Texto completo.

ORDEN DSA/999/2022, DE 19 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DSA/159/2022, DE 2 DE MARZO, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTROS.

Con la Orden DSA/159/2022, de 2 de marzo Vínculo a legislación, por la que se crea una oficina de asistencia en materia de registros, se creó la oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, de tal manera que los interesados puedan ser asistidos en el uso de medios electrónicos, en especial en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas.

Esta oficina se creó para atender lo estipulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde se consagra el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con la Administración y a ser asistidos en dichas relaciones, en el uso de medios electrónicos, estableciendo, asimismo, que los documentos presentados de manera presencial ante las Administraciones Públicas deberán ser digitalizados por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico.

Tras la creación de la oficina con la Orden DSA/159/2022, de 2 de marzo Vínculo a legislación, se ha visto necesario realizar una modificación de la misma para corregir el horario de la oficina del Ministerio recogido en el artículo cuarto. Con esta modificación se pretende ampliar el horario de atención de dicha oficina y con ello facilitar a los ciudadanos la relación con la Administración.

Para la tramitación de esta orden se ha recabado el informe de la Comisión Ministerial de Administración Digital y el informe de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, conforme a lo previsto en el artículo 26.5, Vínculo a legislación párrafo cuarto, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, previa autorización de la Ministra de Hacienda y Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación Vínculo a legislación de la Orden DSA/159/2022, de 2 de marzo, por la que se crea una oficina de asistencia en materia de registros.

El artículo 4 Vínculo a legislación de la Orden DSA/159/2022, de 2 de marzo, por la que se crea una oficina de asistencia en materia de registros, queda redactado como sigue:

“Artículo 4. Días y horario de apertura.

La oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se adecuará a la categoría de oficinas de horario especial del apartado quinto c) de la Resolución de 4 de noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las oficinas de registro propias y concertadas con la Administración General del Estado y sus organismos públicos y se establecen los días y horarios de apertura, acogiéndose al siguiente horario:

a) De 9 a 17:30 horas de lunes a viernes laborables del 16 de septiembre al 15 de junio.

b) De 8 a 15 horas de lunes a viernes laborables de 16 de junio al 15 de septiembre.”

Disposición adicional única. No incremento del gasto público.

La aplicación de lo dispuesto en esta orden no implicará aumento del gasto en el presupuesto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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