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Estructura de gestión de seguridad de la información y de la continuidad de los servicios de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior

24/10/2022
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Orden PRE/103/2022, de 14 de octubre, por la que se modifica la Orden PRE/28/2022, de 3 de marzo, por la que se regula la estructura de gestión de seguridad de la información y de la continuidad de los servicios de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior (BOCA de 21 de octubre de 2022). Texto completo.

ORDEN PRE/103/2022, DE 14 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN PRE/28/2022, DE 3 DE MARZO, POR LA QUE SE REGULA LA ESTRUCTURA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y DE LA CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, JUSTICIA Y ACCIÓN EXTERIOR.

El 22 de marzo de 2022 fue publicada en el Boletín Oficial de Cantabria, entrando en vigor el día siguiente, la Orden PRE/28/2022, de 3 marzo, por la que se regula la estructura de gestión de seguridad de la información y de la continuidad de los servicios de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.

Habiéndose identificado una oportunidad para la mejora de su texto, en aras de reducir la carga innecesaria en la gestión de su cumplimiento, se considera conveniente proceder a tramitar la presente orden con el propósito de reformular la redacción de su artículo número seis.

Por lo expuesto, de conformidad a lo dispuesto en el referido artículo 12 del Decreto 79/2021, procede aprobar la presente orden de modificación de la Orden PRE/28/2022, de 3 marzo, por la que se regula la estructura de gestión de seguridad de la información y de la continuidad de los servicios de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.

DISPONGO Artículo único. Modificación del artículo 6.

Se da una nueva redacción al artículo 6 de la Orden PRE/28/2022, de 3 de marzo, que queda como sigue:

"El Comité SSICPRES se reunirá cuando la convoque la Presidencia, a iniciativa propia, y de sus reuniones se levantará acta que custodiará su Secretaría. Habrá al menos una reunión cada dos años."

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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