MURCIA, 13 Oct. (EUROPA PRESS) -
Las magistradas confirman la suspensión cautelar a la espera de que se resuelva el recurso contencioso interpuesto por la Administración General del Estado y explican que "los argumentos esgrimidos por la parte actora en el recurso de reposición interpuesto no desvirtúan los contenidos en la resolución recurrida", según informaron fuentes del TSJMU en un comunicado.
Además, sin entrar al análisis del fondo del asunto, las magistradas añaden que el propio comportamiento de la Administración autonómica en orden a obtener el cambio de denominación --aludiendo a la solicitud realizada a Fomento en julio de 2018-- "permite inducir que la misma siempre ha considerado que se trataba de una competencia estatal".