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TSJCyL

El TSJ ordena a la Junta de CyL facilitar el acceso a los datos de fallecidos en residencias durante la pandemia

04/10/2022
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha emitido sentencia en la que da la razón a un medio digital que había solicitado información a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades sobre la incidencia de la Covid-19 en centros residenciales y el departamento de Isabel Blanco había rechazado facilitar datos sobre aquellos centros de los que no era titular la Administración regional.

VALLADOLID, 3 Oct. (EUROPA PRESS) -

En su fallo, la Sala de lo Contencioso-Administrativos del, con sede en Valladolid, estima así el recurso contra la orden de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, de fecha 1 de diciembre de 2020, por la que se resolvía la solicitud de acceso a información formulada por el periodista del medio de información en la que éste pretendía tener acceso a datos sobre la epidemia de Covid-19 y su impacto en las residencias de mayores.

En concreto, el recurrente demandaba información sobre el número de personas contagiadas en las residencias, entre el 1 de marzo y el 30 de abril de 2020, desglosado por residencias; número de fallecidos en las residencias, desglosado por residencias e indicando positivos y con sintomatología compatible; y, del total de fallecidos de cada residencia, con positivo confirmado o con sintomatología compatible, enumerar cuántos decesos se produjeron en la residencia y cuántos en el hospital.

La petición fue estimada parcialmente, a través de una orden del 3 de junio de 2020, ya que solo se decidió conceder la información relativa a los centros de titularidad de la Junta, no así del resto por no contar con su autorización expresa.

Frente a esa resolución el recurrente presentó reclamación ante la Comisión de Transparencia de Castilla y León que por Resolución de 23 de septiembre de 2020 acordó estimarla y retrotraer el procedimiento al momento de realizar el trámite de audiencia a los titulares de los centros, si bien la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través de otra orden de fecha 1 de diciembre de 2020, volvió a restringir el acceso a la información respecto de las residencias de las que no es titular.

La sentencia estimatoria de la pretensión del periodista "no considera que el daño alegado por la parte demandada tenga las notas de certeza exigidas legalmente para limitar el acceso a la información al basarse únicamente en una creencia popular que se dice errónea y, en definitiva, en una falta de información de la sociedad que se pretende alimentar con más desinformación".

"Aunque lo dicho hasta aquí sería suficiente para estimar este apartado del recurso - no estando acreditado un daño real no es preciso ponderar el interés público concurrente en conocer la información- a mayor abundamiento, y con la finalidad de agotar el debate, estimamos oportuno hacer una referencia al interés general en el conocimiento de la información desagregada por centro, interés que, en todo caso, debe prevalecer ante la posible afectación a la libre competencia que pudiera producirse por su divulgación".

Como partes demandadas figuraban la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, la Federación Castellano Leonesa de Atención a la Dependencia (Acalerte), la Asociación Castellano Leonesa de Residencia y Servicios de Atención a Mayores y la entidad Hermanas Hospitalarias Centro Sociosanitario de Palencia

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