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Creación de un instituto de Educación Secundaria en el municipio de Madrid

05/09/2022
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Decreto 94/2022, de 31 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se crea un instituto de Educación Secundaria en el municipio de Madrid para el curso escolar 2022-2023 (BOCAM de 2 de septiembre de 2022). Texto completo.

DECRETO 94/2022, DE 31 DE AGOSTO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE CREA UN INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN EL MUNICIPIO DE MADRID PARA EL CURSO ESCOLAR 2022-2023

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero Vínculo a legislación, establece, en su artículo 29, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.

La demanda de puestos escolares hace necesario que la Administración educativa emprenda la creación de nuevos institutos de Educación Secundaria que permitan dar una respuesta adecuada a las necesidades de escolarización en aquellos lugares donde concurre tal circunstancia. De este modo, se asegura la calidad de la oferta educativa y la proximidad del instituto de Educación Secundaria al lugar de residencia de los alumnos.

El barrio de Butarque, sito en el distrito de Villaverde de Madrid, ha sufrido en los últimos años un importante crecimiento demográfico superior al de otras zonas del distrito, lo que ha ocasionado que algunos centros educativos no puedan absorber la demanda existente de escolarización pública. Por este motivo, se hace imprescindible la construcción de un nuevo instituto de Educación Secundaria que amplíe las plazas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el barrio y dote al distrito de una oferta más diversificada y moderna.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, así como en el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero Vínculo a legislación, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente.

Asimismo, el Decreto 40/2012, de 1 de marzo Vínculo a legislación, por el que se regula la denominación específica de los centros educativos públicos en la Comunidad de Madrid, dispone que los centros educativos públicos de nueva creación tendrán la denominación específica que apruebe el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

En el proceso de elaboración de este decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) Vínculo a legislación de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.

En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 Vínculo a legislación de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, y a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,

DISPONE

Artículo 1

Creación de un instituto de Educación Secundaria

Se crea el instituto de Educación Secundaria “María Goyri Goyri”, de Madrid, código 28080967, situado en calle Ganados del Salobral, número 5, distrito Villaverde.

Artículo 2

Órganos de gobierno

1. El titular de la Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de este decreto y a propuesta del titular de las Dirección de Área Territorial correspondiente, podrá efectuar el nombramiento de director de acuerdo con lo establecido en el título V, capítulo IV, artículo 137 Vínculo a legislación, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Decreto 63/2004, de 15 de abril, que aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se impartan enseñanzas escolares.

2. El proceso de elección y constitución del Consejo Escolar del centro y sus restantes órganos de gobierno, se realizará de conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero Vínculo a legislación.

Artículo 3

Incorporación al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid

El nuevo instituto de Educación Secundaria que se crea mediante el presente decreto pasará a formar parte del Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

Artículo 4

Entrada en funcionamiento

El centro que se crea entrará en funcionamiento en el curso escolar 2022-2023.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación normativa

Se autoriza a la consejería competente en materia de Educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de este decreto, debiéndose realizar las actuaciones que resulten procedentes en relación con el personal y las enseñanzas de este centro.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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