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Audiencia de Valladolid

La Audiencia de Valladolid impone dos años y medio de cárcel a un sexagenario por abusos sobre una menor

24/08/2022
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La Audiencia de Valladolid ha impuesto una pena de dos años y medio de prisión a un sexagenario por un delito de abusos sexuales sobre una menor de 15, hechos ocurridos en marzo de 2021 cuando el condenado montó en coche a la víctima y la sometió a distintos tocamientos.

VALLADOLID, 23 Ago. (EUROPA PRESS) -

El condenado, de 62 años, conocía a la menor porque había residido en el pueblo donde ella vivía. Fue en el mes de marzo de 2021 cuando la menor, que sabía el número de teléfono del acusado, le mandó un mensaje pidiéndole que la recogiera con su coche en un lugar donde había estado con unas amigas, y la llevase de vuelta a casa, episodio en el que no ocurrió nada durante el viaje.

Sin embargo, días después, en ese mismo mes de marzo, ella volvió a mandar otro mensaje al condenado para que hiciera de taxista y fue durante el trayecto cuando, guiado por un ánimo libidinoso, acarició a la menor en las piernas, así como en los pechos por encima de la ropa, la besó en la boca y la cogió la mano para colocársela en los genitales por encima del pantalón, al tiempo que la decía: "Estás muy buena, qué nalgas tienes".

El acusado, tal y como entiende probado la sentencia de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial, no desconocía que ella podía tener tan solo 15 años en el momento de los hechos, a pesar de lo cual actuó de la manera descrita, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.

Por ello, además de los dos años y medio de prisión por abuso sexual a menor de 16 años--el fiscal había pedido cinco años y medio por delito continuado--, el tribunal ha resuelto imponerle la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de ocho años y la prohibición aproximarse a menos de 100 metros de la persona de la víctima, así como de su domicilio y lugar de estudio o trabajo, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, con una duración - en ambos casos- de ocho años.

La sentencia recoge igualmente libertad vigilada por cinco años y la obligación de someterse a un programa de educación sexual, junto con el pago de una indemnización de 2.000 euros por daños morales.

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