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Consejo Balear del Clima

Aprobada la modificación del reglamento del Consejo Balear del Clima, que incorpora nuevas vocalías

24/08/2022
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El Consell de Govern ha aprobado este lunes un decreto que modifica el Reglamento que regula el régimen de funcionamiento y la composición del Consejo Balear del Clima, con el objetivo de incorporar nuevas vocalías, entre otras, de cuatro colegios profesionales.

PALMA, 22 Ago. (EUROPA PRESS) -

Así lo ha explicado en rueda de prensa el vicepresidente del Govern y conseller de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, Juan Pedro Yllanes, que ha detallado que el Consejo Balear del Clima es un órgano colegiado de carácter consultivo adscrito a la Conselleria, competente en materia de cambio climático.

Además, su finalidad es asesorar a las administraciones públicas sobre las políticas climáticas y de transición energética, proponer medidas de mitigación y adaptación al cambio climático, y favorecer la participación de los sectores sociales y económicos de las Islas en estos ámbitos.

El Decreto por el cual se aprueba el reglamento que regula el funcionamiento y la composición del Consejo establece, entre otras vocalías, una persona en representación del Colegio Oficial de Biólogos de Baleares y otra del Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas.

Ahora, este decreto aprueba la incorporación de cuatro nuevas vocalías, en representación de otros cuatro colegios profesionales. Estas son una persona en representación del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales Superiores, otra del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes, otra del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos y una última del Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de las Islas.

Por otro lado, del resultado del procedimiento de audiencia y consulta, y en vista de las observaciones y las sugerencias presentadas, la Dirección General de Energía y Cambio Climático decidió incorporar al pleno del Consejo Balear del Clima a la persona titular de la Dirección General de Emergencias, la persona titular de la Dirección General de Vivienda y, asimismo, que el representante del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos no fuera únicamente de Mallorca, sino que, de manera rotativa, lo fuera de los tres colegios oficiales --Mallorca, Ibiza y Formentera, y Menorca--.

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