Beneficiarios:
Podrá tomar parte en el concurso cualquier empresa que haya iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2016 o que se presente con una nueva línea de negocio, servicio o producto orientado al objeto del premio iniciada después del 1 de enero de 2016 y pueda acreditarlo.
Se valorará de forma especial aquellas empresas solicitantes que sean pequeñas o medianas empresas (PYMES). Según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003, las PYMES no estarán participadas en su capital por otra mercantil que no esté considerada pyme en más de un 25 %, sea cual sea su régimen jurídico, en el momento de la solicitud, y con algunas de las siguientes formas jurídicas:
- Persona/as física/as: empresario individual o autónomo, emprendedor de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles.
- Personas jurídicas: cualquier empresa independientemente de su forma jurídica.
Objeto:
Constituye su objeto premiar el desarrollo una actividad empresarial, producto o servicios que tenga como características el ser original, creativo, innovador y con impacto social en relación, y con pleno cumplimiento, con la protección de datos y la garantía de los derechos y libertades de las personas.
Preferentemente, se considerarán de mayor interés aquellas actividades relativas a la aplicación de la responsabilidad proactiva establecida en el RGPD y la gestión de los riesgos para los derechos y libertades en soluciones relativas a tecnologías disruptivas, que traten sobre categorías especiales de datos, sobre tratamientos considerados de alto riesgo o que afecten a una parte significativa de la sociedad o grupos más expuestos como situaciones de violencia de género u otras situaciones de acoso.
Bases Reguladoras:
Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, de 16 de junio de 2022, publicada en la web www.aepd.es.
Premio:
El Premio de Emprendimiento en Protección de Datos Personales "Ángela Ruiz Robles" consistirá en una dotación económica de tres mil euros (3.000,00 €) y, en su caso, la difusión del trabajo premiado.
El jurado podrá proponer la concesión de un accésit dotado con mil quinientos euros (1.500,00 €).
En caso de que el jurado declare desierto el premio, este podrá proponer otorgar un accésit adicional dotado con mil quinientos euros (1.500,00 €).
Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Estado. El plazo de presentación de los trabajos concluirá el 18 de noviembre de 2022.