Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 11/07/2022
 
 

TSJCyL

El TSJCyL anula el Plan de Prevención, Extinción de Incendios de CyL por disconformidad con el ordenamiento jurídico

11/07/2022
Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado el Decreto 10/2021 de 31 de marzo que aprobaba el Plan Sectorial de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Junta "por su disconformidad con el ordenamiento jurídico".

VALLADOLID, 9 Jul. (EUROPA PRESS) -

La sentencia, con fecha del 6 de julio, supone un "serio y definitivo varapalo" en los tribunales, según señala la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) que fue quien presentó el recurso ante el Alto Tribunal, asistida por el letrado Toranzo Martín, contra la aprobación de ese decreto.

"Si en algún otro recurso ya se advertía de que la reciente normativa de la Junta sobre los servicios de extinción de incendios y parques de bomberos, no se ajusta a derecho, esta nueva sentencia resulta demoledora, y profundiza en los motivos por los que el plan ni es asumible ni puede aplicarse, como señaló el propio Consejo Consultivo de Castilla y León", recalca CSIF a través de un comunicado remitido a Europa Press.

Para la central, en sus palabras, la Consejería de Medio Ambiente "vuelve a quedar en ridículo". "¿Qué más tiene que pasar, tras el reciente incendio forestal de la sierra de La Culebra, para que el consejero se reúna con los representantes sindicales, y aborde la extinción de incendios con seriedad y de manera global, para reconducir su nefasta gestión, tanto en los fuegos forestales como en lo que se refiere a los parques de bomberos?", se pregunta CSIF.

El fallo sobre el recurso presentado por este sindicato independiente considera que el Decreto del plan de incendios de la Junta vulnera el principio de seguridad por ser "imposible su aplicación", "por no resolver diversos problemas de calado"; "o incluir cuestiones que no deben ser objeto del plan, porque se extralimita en sus contenidos, al no tener competencias".

La sentencia remarca que "no hay ningún plazo para su aplicación, no se dota de recursos adecuados a los servicios de extinción, el plan no considera ni tiene en cuenta la extinción de los incendios forestales, o no distingue entre bomberos profesionales y voluntarios".

En este sentido, la sentencia alude a que el plan "no garantiza la presencia de funcionarios bomberos profesionales en la prestación del servicio contra los incendios". El tribunal señala que la Ley de Protección Ciudadana considera la extinción de incendios y salvamento como servicios "esenciales", y que, si bien pueden complementarse con voluntarios, "no se debe sustituir a las administraciones, es decir, a los funcionarios profesionales".

Sin duda, para CSIF es una "clara alusión" a la necesidad de que el personal de los parques sean bomberos funcionarios y profesionales. Es más, esta organización sindical reclama y urge el reconocimiento de la figura del bombero forestal, que llevan reclamando "hace tiempo", y que otras comunidades "ya tienen".

El TSJCyL critica, apunta la central, que falte una memoria o previsión económica a la hora de poner en marcha los parques de extinción. Así recuerda que, de acuerdo a la Ley de Procedimiento Administrativo, se debe cuantificar gastos, repercusiones y efectos económicos, o tener en cuenta la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera, algo que se no se contempla en el plan.

"Curiosamente, en el tipo uno de parque de bomberos para los municipios de más de 20.000 habitantes, se da por hecho que los medios y recursos son suficientes, que la aplicación del plan no implicará más gastos. Sin embargo, fija demarcaciones y áreas de intervención, o plantea convenios entre administraciones y otras entidades que, lógicamente, sí tienen implicaciones económicas", añade la información.

En el caso de los parques para municipios con menos de 20.000 habitante, sí se apela a una memoria que hace referencia a instalaciones, infraestructuras, equipamiento, personal o mantenimiento. "El problema es que no se sabe de dónde van a llegar los recursos económicos para abordar y cubrir esas cuestiones", lamenta CSIF.

Respecto a los contenidos del plan que no son de su competencia, el TSJCyl asegura que el plan se extralimita en cuestiones como la distribución de parques de bomberos, tipología, organización o estructura. "Pasa por alto que el municipio ejerce competencias en materia de prevención y extinción de incendios", concluye.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  4. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  5. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  6. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana