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Currículos de las enseñanzas de religión católica correspondientes a Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato

24/06/2022
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Resolución de 21 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publican los currículos de las enseñanzas de religión católica correspondientes a Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (BOE de 24 de junio de 2022). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2022, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE PUBLICAN LOS CURRÍCULOS DE LAS ENSEÑANZAS DE RELIGIÓN CATÓLICA CORRESPONDIENTES A EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO.

En aplicación del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, el alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato que así lo solicite tendrá derecho a recibir enseñanza de la religión católica y corresponderá a la Jerarquía eclesiástica señalar los contenidos de dicha enseñanza.

De conformidad con dicho Acuerdo, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Vínculo a legislación, de Educación, establece que se incluirá la religión católica como área o materia en los niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para los alumnos y alumnas.

El Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero Vínculo a legislación, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil, indica en su disposición adicional primera que las enseñanzas de religión se incluirán en el segundo ciclo de esta etapa educativa y, con respecto a la religión católica, que la determinación del correspondiente currículo será competencia de la jerarquía eclesiástica.

El Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, indica en su disposición adicional primera que las enseñanzas de religión se incluirán en esta etapa educativa y, con respecto a la religión católica, que la determinación del correspondiente currículo será competencia de la jerarquía eclesiástica.

El Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo Vínculo a legislación, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, indica en su disposición adicional primera que las enseñanzas de religión se incluirán en esta etapa educativa y, con respecto a la religión católica, que la determinación del correspondiente currículo será competencia de la jerarquía eclesiástica.

El Real Decreto 243/2022, de 5 de abril Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, indica en su disposición adicional primera que las enseñanzas de religión se incluirán en esta etapa educativa y, con respecto a la religión católica, que la determinación del correspondiente currículo será competencia de la jerarquía eclesiástica.

De acuerdo con los preceptos indicados, la Conferencia Episcopal Española ha determinado los currículos de la enseñanza de religión católica para la Educación Infantil, la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

En su virtud, a propuesta de la Conferencia Episcopal Española, resuelvo:

Primero.

Los currículos de la enseñanza de religión católica correspondientes a la Educación Infantil, a la Educación Primaria, a la Educación Secundaria Obligatoria y al Bachillerato son los que se incluyen, respectivamente, en los anexos I, II, III y IV de esta resolución, por la que se da publicidad a los mismos.

Segundo.

Corresponde a las administraciones educativas adoptar las medidas precisas, en el ámbito de sus competencias, para que los currículos se impartan en los términos en que se establecen en esta resolución.

Tercero.

Quedan sin efecto los currículos de las enseñanzas de religión católica correspondientes a la Educación Infantil, a la Educación Primaria, a la Educación Secundaria Obligatoria y al Bachillerato publicados con anterioridad a esta resolución.

Cuarto.

La presente resolución surtirá efectos a partir del curso escolar 2022-2023.

Anexos

Omitidos.

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