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  • EDICIÓN DE 20/06/2022
 
 

Publicación del Decreto-ley 2/2022

20/06/2022
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Resolución de 16 de junio de 2022, de la Presidencia de la Asamblea de Extremadura, por la que se ordena publicación del Decreto-ley 2/2022, de 4 de mayo, por el que se regula la actuación de la Junta de Extremadura y se establecen medida urgentes en respuesta a los desplazamientos de personas por razones humanitarias a causa de la guerra en Ucrania, medidas urgentes de contratación pública y medidas fiscales (DOE de 17 de junio de 2022). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 16 DE JUNIO DE 2022, DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA, POR LA QUE SE ORDENA PUBLICACIÓN DEL DECRETO-LEY 2/2022, DE 4 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA LA ACTUACIÓN DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y SE ESTABLECEN MEDIDA URGENTES EN RESPUESTA A LOS DESPLAZAMIENTOS DE PERSONAS POR RAZONES HUMANITARIAS A CAUSA DE LA GUERRA EN UCRANIA, MEDIDAS URGENTES DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y MEDIDAS FISCALES.

El Pleno de la Asamblea de Extremadura, en sesión celebrada el día 16 de junio de 2022, ha debatido el Decreto-ley 2/2022, de 4 de mayo Vínculo a legislación, por el que se regula la actuación de la Junta de Extremadura y se establecen medidas urgentes en respuesta a los desplazamientos de personas por razones humanitarias a causa de la guerra en Ucrania, medidas urgentes de contratación pública y medidas fiscales, que fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en reunión de 4 de mayo de 2022 y remitido a la Cámara para su tramitación parlamentaria.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 33 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, reformado por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, y en el artículo 192 del Reglamento de la Cámara, tras la votación de totalidad, el Decreto-Ley 2/2022, de 4 de mayo Vínculo a legislación, ha resultado convalidado con el texto presentado por la Junta de Extremadura, que fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 92, de 16 de mayo de 2022.

Por ello, la Presidenta de la Asamblea de Extremadura, en virtud de las competencias que le confiere el Reglamento de la Cámara, ordena la publicación del referido Decreto-ley, en los términos que certifica la Secretaria Primera de la Asamblea de Extremadura, D.ª María Ángeles Camacho Soriano.

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