MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
Se trata del recurso de amparo presentado por los entonces diputados 'populares' en la asamblea autonómica Xavier García Albiol, Andrea Levy, Santiago Rodríguez y Alejandro Fernández contra los acuerdos adoptados por la Mesa del Parlament el 3 y el 24 de abril de 2018 que permitieron a Puigdemont y Comín delegar su voto.
Según ha informado la corte de garantías, el TC ha declarado que estos acuerdos vulneraron el derecho de los diputados del PP a "ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes, que se encuentra en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes".
Con una ponencia de la magistrada María Luisa Balaguer, el Pleno ha resuelto el asunto aplicando la doctrina que ya plasmó el pasado 31 de mayo, cuando declaró inconstitucionales estos mismos acuerdos estimando un recurso de Ciudadanos.
Entonces, los magistrados indicaron que esa delegación del voto se llevó a cabo "con un carácter marcadamente genérico" que lo hace "incompatible" con la "naturaleza excepcional" que regula esta cesión.
RECHAZAN RECUSACIONES
En este cónclave, el Pleno también ha abordado el recurso de súplica formulado por el ex vicepresidente primero de la Mesa del Parlament Josep Costa contra la decisión adoptada el pasado 27 de abril por el propio TC con la que rechazó las recusaciones planteadas por éste contra hasta siete magistrados del tribunal.
En línea con su decisión inicial, y con una ponencia firmada por el magistrado Antonio Narváez, el Constitucional ha resuelto rechazar nuevamente la impugnación presentada por Costa.