Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 06/06/2022
 
 

Modelo 762 de Declaración Anual del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas

06/06/2022
Compartir: 

Orden de 30 de mayo de 2022, por la que se aprueba el anexo de especificaciones técnicas del fichero informático que se utilizará para completar el modelo 762 de Declaración Anual del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma, aprobado por la Orden de 10 de septiembre de 2021 (BOJA de 3 de junio de 2022). Texto completo.

ORDEN DE 30 DE MAYO DE 2022, POR LA QUE SE APRUEBA EL ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL FICHERO INFORMÁTICO QUE SE UTILIZARÁ PARA COMPLETAR EL MODELO 762 DE DECLARACIÓN ANUAL DEL CANON DE MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE INTERÉS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, APROBADO POR LA ORDEN DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

La Orden de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, de 10 de septiembre de 2021, por la que se aprueban los Modelos 761 de Autoliquidación Semestral y 762 de Declaración Anual del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma recoge, además de los modelos obligatorios para la presentación de este tributo, un Anexo de especificaciones técnicas informáticas para facilitar la confección del modelo 762 de Declaración Anual (Anexo III).

La necesidad de mejorar el registro de facturas para recoger el supuesto de facturas rectificativas de los tramos de fugas hace necesaria la modificación del fichero informático en el que se basa la confección de la Declaración Anual del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma (modelo 762).

Por tanto, con esta modificación se recogen todas las opciones de rectificación de facturas posibles, para permitir aportar la información y realizar la correcta declaración de conformidad con lo establecido en el artículo 89 Vínculo a legislación bis.4 Vínculo a legislación de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.

Por otra parte, el fichero informático que se aprueba por la presente orden se ajusta al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre Vínculo a legislación, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, principalmente, en cuanto a los avisos de privacidad, en la información que se proporciona a la ciudadanía acerca del nuevo régimen de derechos que le asisten y en el modo correcto de ejercerlos, todo ello de forma comprensible, de acuerdo con las exigencias en torno a la prestación del consentimiento, que garanticen la seguridad en el tratamiento de los datos.

En su virtud, y en el uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 68 Vínculo a legislación de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, y por la disposición final primera del Decreto 4/2012, de 17 de enero Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Aprobar las especificaciones técnicas del fichero informático que se utilizará para completar el modelo 762 de Declaración Anual del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma, conforme a la estructura que se recoge en el anexo de la presente orden.

Queda sin efecto el Anexo III de la Orden de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, de 10 de septiembre de 2021, por la que se aprueban los Modelos 761 de Autoliquidación Semestral y 762 de Declaración Anual del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma.

Segundo. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana