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Subvenciones destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior

17/05/2022
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Orden de 11 de mayo de 2022, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades, para 2022 (BOJA de 13 de mayo de 2022). Texto completo.

ORDEN DE 11 DE MAYO DE 2022, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN CULTURAL, DE ORIENTACIÓN A LA POBLACIÓN ANDALUZA EN EL EXTERIOR, ASÍ COMO PARA EL MANTENIMIENTO DE DICHAS ENTIDADES, PARA 2022.

La Orden de 25 de marzo de 2022, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades, establece en su dispongo cuarto que el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de dicha orden (BOJA núm. 71, de 13 de abril de 2022). Dicho plazo finaliza el día 16 de mayo de 2022.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contempla en su artículo 32 la posibilidad de una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros. El acuerdo de ampliación deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate, debiendo ser notificado a los interesados.

Pueden solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones convocadas en la citada orden las Comunidades Andaluzas y sus Federaciones o Coordinadoras que ostenten esa condición conforme a lo establecido en la Ley 8/2006, de 24 de octubre Vínculo a legislación, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, y se encuentren inscritas como tales en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas.

Habiéndose tenido conocimiento de las demoras que las entidades radicadas fuera del territorio español están encontrando en la tramitación o renovación de certificados digitales en sus respectivos consulados, se ha considerado la ampliación del plazo de presentación de solicitudes por el tiempo máximo legalmente establecido. Teniendo en cuenta estas circunstancias, se ha estimado necesario ampliar el mismo hasta el 30 de mayo de 2022, inclusive.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación, y en el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior,

DISPONGO

Primero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones establecido en el dispongo cuarto de la Orden de 25 de marzo de 2022, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades, hasta el 30 de mayo de 2022, inclusive.

Segundo. Ordenar la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a efectos de notificación a los interesados.

Tercero. Contra la presente orden no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.3 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto. La presente orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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