PALMA, 13 Abr. (EUROPA PRESS) -
Así lo ha explicado en nota de prensa la Confederación Española de Policía (CEP), que ha valorado que la sentencia del Tribunal termina de este modo con "una discriminación intolerable".
El fallo dictado por el TSJIB reconoce en este sentido el derecho a que los policías de Son Sant Joan puntúen 0,8 puntos en los futuros concursos generales de méritos que se convoquen y declara el carácter retroactivo del mismo, computándose también todos los años y meses que se haya estado trabajando en el aeropuerto. En este sentido, la CEP ha considerado que la sentencia es "muy relevante" porque "acaba con una injusticia histórica".
"La Dirección General de Policía no distingue en su distribución territorial entre la plantilla de la Jefatura de las Islas y la del aeropuerto de Palma, por lo que el baremo debe ser el mismo", han indicado.
Según han detallado, la sentencia establece que la plantilla que ejerce sus funciones en Palma pertenece al grupo C, al que se le asigna un baremo de 0,8 puntos para la provisión de puestos de trabajo para el procedimiento de concurso general de méritos dentro del Cuerpo Nacional de Policía, "pero en el aeropuerto de Palma se está puntuando 0,7, como se marca en los puestos fronterizos".
No obstante, en este caso, el aeropuerto, a pesar de ser un puesto fronterizo, pertenece al grupo C, ya que está integrado en la Jefatura.
Tras el fallo, la CEP ha animado a todos los policías destinados en Son Sant Joan a que se informen en su sede para que puedan conseguir los derechos adquiridos en la sentencia y sumar así más puntuación para posibles traslados y ascensos.