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Premios Fernando Albi

17/10/2022
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Se convocan los “Premios Fernando Albi” anualidad 2022 de la Diputación Provincial de Alicante sobre Administración Local al que podrán concurrir cualesquiera persona física española o iberoamericana.

BASES

PRIMERA.- Objeto.

Se convoca los “Premios Fernando Albi” anualidad 2022 sobre Administración Local al que podrán concurrir cualesquiera persona física española o iberoamericana.

SEGUNDA.- Requisitos.

1. Podrán presentarse los ciudadanos españoles y de países Iberoamericanos.

2. Los trabajos a presentar tendrán que estar relacionados con cualquier tema referente a la Administración local, o que afecte directamente a dicho ámbito, y tendrán que ser originales e inéditos hasta el momento del fallo del jurado.

Deberán tener una extensión mínima de 80 páginas a doble espacio, letra nivel 12, en castellano o valenciano.

Los trabajos serán anónimos, por lo que no deberán ser firmados ni llevar inscripción o señal alguna, y se presentarán con un lema o título.

TERCERA.- Contenido de los premios.

El premio contiene la siguiente dotación económica.

- Un primer premio de 10.000€.

- Un accésit de 3.000€, en caso de que por decisión del Jurado se acuerde premiar un segundo trabajo de entre los presentados.

CUARTA.- Criterios de Valoración.

1. El Jurado tendrá en cuenta la calidad científico- técnica, novedad, rigor de análisis, trascendencia en la administración local, conclusiones y aportaciones personales.

2. El jurado decidirá motivadamente y propondrá la concesión de los premios o su consideración que deben declararse desiertos. El acta del Jurado contendrá la propuesta de resolución que se elevará al órgano competente.

3. La resolución del Jurado será inapelable, pudiendo conceder los dos premios, solo uno de ellos o declarar desierta la convocatoria de este premio.

QUINTA.- Plazo y Lugar de presentación.

1. El plazo de presentación de trabajos termina el día 20 de octubre del año en curso.

Presentación telemática:

Se aconseja el uso del navegador Google Chrome o Firefox. A tal efecto, es necesario estar registrado para el uso de sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve o, poseer un certificado digital de firma electrónica o DNI.

La presentación de la solicitud podrá realizarse a través de la sede electrónica de la Diputación de Alicante (https://diputacionalicante.sedelectronica.es) utilizando en el apartado de Catálogo de Trámites el procedimiento

ASISTENCIA A MUNICIPIOS:

Solicitud participación Premio Fernando Albi 2022, que irá acompañada de la siguiente documentación en formato PDF:

- Un ejemplar del trabajo (de forma totalmente anónima. No irá firmado por el autor o autora y estará exento de cualquier signo, marca o dato que le identifique).

- DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identificación válido en Derecho.

Presentación presencial:

La presentación de la solicitud podrá realizarse, en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, sita en Alicante, Calle Tucumán n.º 8 -03005-, (solicitando para ello cita previa en el teléfono 965988911, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes), o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado de solicitud del Anexo I, que irá acompañado de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identificación válido en Derecho - Un ejemplar del trabajo original sencillamente encuadernado y también un dispositivo de almacenamiento USB -pendrive- que incluya en PDF el trabajo de que se trata (ambos de forma totalmente anónima. No irán firmados por el autor o autora y estarán exentos de cualquier signo, marca o dato que le identifique).

3. Se dará a la convocatoria y bases la mayor difusión posible, tanto a nivel nacional como en los países Iberoamericanos, a cuyas Embajadas en España se les hará llegar toda la información necesaria.

La Diputación Provincial de Alicante facilitará información sobre la convocatoria en su propia sede, por correo electrónico [email protected], y en su portal institucional www.diputacionalicante.es donde se publicarán las Bases que regulan los Premios, así como el fallo del Jurado.

4. De no presentarse al menos tres trabajos en plazo, la Presidencia podrá ampliarlo seis meses más.

SEXTA.- Jurado

1. El Jurado para la concesión de los premios estará constituido por el Presidente, un máximo de nueve vocales y el Secretario.

El Presidente del Jurado será el de la Excma. Diputación Provincial o diputado/a en quien delegue.

Los vocales serán designados por el Presidente de la Diputación entre personas de reconocido prestigio en el ámbito administrativo y al menos un miembro lo será de los de la Corporación.

Actuará como Secretario, con voz y voto, el de la Corporación o funcionario en quien delegue.

2. El Jurado quedará constituido con la asistencia del Presidente, Secretario y un tercio de los vocales.

3. El jurado será indemnizado en las cuantías que se establezcan en el Decreto de su designación, dentro del crédito presupuestado para ello.

SÉPTIMA.- Obligaciones y derechos

1. La participación en este premio implica de forma automática la plena y total aceptación, sin reservas, de las presentes bases y de cuantas decisiones adopte el Jurado para interpretar o aplicar las mismas.

Para cualquier diferencia que hubiere de ser dirimida por vía judicial, las partes renuncian al propio fuero y se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Alicante.

2. La Diputación Provincial de Alicante se reserva el derecho a publicar y divulgar, en edición impresa o digital, sin ánimo de lucro, y por un periodo de tiempo no superior un año aquellos trabajos que se estimen merecedores de ello, decisión ésta de publicar y divulgar, que será adoptada por el Jurado con ocasión del otorgamiento de los Premios.

OCTAVA

Los trabajos presentados presencialmente y no premiados podrán ser retirados por sus autores o personas debidamente autorizadas, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la concesión de los Premios. A la finalización de dicho plazo los trabajos (incluido el dispositivo USB), serán destruidos con el fin de proteger los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos.

Y en cuanto a los presentados telemáticamente se procederá a la eliminación de los correspondientes documentos PDF ubicados en el correspondiente expediente de la plataforma de tramitación electrónica de expedientes de esta Diputación.

NOVENA

Contra las presentes Bases, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, de conformidad con el artículo 123, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre LPACAP; asimismo podrán ser impugnadas directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a tenor de lo establecido en el art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOP del presente Acuerdo.

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