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Curso monográfico Introducción a la fiscalidad internacional

07/04/2022
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La Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) convoca el curso monográfico Introducción a la fiscalidad internacional.

BASES:

Primera. Objetivos y contenidos

El presente curso monográfico pretende ofrecer al alumnado una visión general de la fiscalidad internacional y comunitaria que le permita comprender y profundizar en el conocimiento de los siguientes aspectos:

• Los criterios o puntos de conexión utilizados para el reparto de las competencias fiscales entre los Estados.

• La determinación de la residencia fiscal y los problemas que de ella derivan.

• Los tipos de regímenes fiscales, en especial las denominadas jurisdicciones no cooperativas (paraísos fiscales), así como las medidas de las que se dotan los países para evitar la evasión fiscal y la erosión de bases imponibles.

• El fenómeno de la sobreimposición internacional y los mecanismos arbitrados para combatirla.

• La tributación de los no residentes.

• La naturaleza y las clases de tributos que gravan el comercio internacional y el comercio electrónico.

• El proceso de integración económica europea y las limitaciones fiscales que derivan para los Estados miembros de las libertades de circulación en el mercado interior europeo.

De acuerdo con estos objetivos, en este curso monográfico se abordarán, entre otros, los siguientes contenidos:

• Fuentes, principios y conceptos básicos de la fiscalidad internacional.

• Convenios para evitar la doble imposición.

• Tributación de los no residentes.

• Tributación del comercio internacional.

• Armonización fiscal de la Unión Europea.

• Mercado interior europeo y libertades de circulación.

Segunda. Personas destinatarias

Personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada (incluido el personal que tenga concedido un permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral), de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de sus entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional, de las entidades locales de Galicia y de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Tercera. Desarrollo

Modalidad: mixta (presencial y teleformación).

Duración: 25 horas.

Ediciones: una.

Sesión inaugural presencial: el día 19 de abril, de 12.00 a 14.00 horas.

Teleformación: del 19 de abril al 12 de mayo de 2022.

Prueba final: 18 de mayo, a las 16.30 horas.

Cuarta. Número de plazas

40.

Quinta. Solicitud y plazos

1. El plazo para la inscripción estará abierto desde las 9.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.59 horas del 11 de abril de 2022.

2. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección “https://egap.xunta.gal/matricula”. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad, todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con lo establecido para las personas destinatarias y requisitos de selección en las bases segunda y séptima de esta convocatoria.

4. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar el nombre del curso: curso monográfico Introducción a la fiscalidad internacional.

5. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de matrícula telemática, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

6. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

7. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil y, al tratarse de una actividad impartida en la modalidad de teleformación, deberán disponer de un equipamiento informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

- Un ordenador con conexión a internet.

- Un navegador web actualizado.

8. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitir a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, a la dirección de correo electrónico “[email protected]”, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en caso contrario, solo serán considerados los datos aportados por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el apartado 1 de esta base.

9. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Podrá obtenerse cualquier otra información en el teléfono 981 54 62 54, de 9.00 a 14.00 horas, y en la dirección electrónica “[email protected]

Sexta. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa, necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiera a ello.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar, además, los documentos a cuya consulta se oponen, que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración, a través de la siguiente dirección electrónica “[email protected]

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Séptima. Criterios de selección

1. El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y la hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas.

2. En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumpla los requisitos del curso, podrá completarse el número de participantes asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Octava. Publicación del listado del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección “https://egap.xunta.gal” el listado de personas seleccionadas para participar en dicho curso, así como también un número adecuado de reservas en caso de que el número de solicitudes recibidas fuera superior al número de plazas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se entenderá que las personas que no figuren en ninguno de los listados fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en la lista de espera.

2. Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección “https://egap.xunta.gal” el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Novena. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia. El seguimiento de las actividades formativas

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por razones de conciliación familiar.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia deberá ser comunicada enviando un correo electrónico a “[email protected]”, con una antelación mínima de tres días al del inicio de la actividad formativa, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. Seguimiento de la actividad.

a) Es obligatoria la asistencia y la puntualidad a la sesión inaugural del curso, que tendrá lugar en la sede de la EGAP el 19 de abril, de 12.00 a 14.00 horas. Durante la sesión tendrá lugar un control de asistencia y puntualidad.

b) Por otra parte, las personas que no completen el 50 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Décima. Superación de la actividad formativa

Para poder superar la actividad formativa será necesario cumplir los siguientes requisitos:

- La adecuada realización de todas las actividades que los/las tutores/as propongan. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen o prueba final.

- La superación de una prueba de evaluación final.

Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán la prueba de evaluación prevista y la fecha en que esta tendrá lugar. La prueba de evaluación final será en línea.

Undécima. Certificado oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de aprovechamiento de esta actividad, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas siempre que obtengan una valoración positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe declarando apto/a o no apto/a a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el modo de seguimiento de la actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Duodécima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, caso en el que se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas, previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará, en la acción derivada de esta convocatoria, la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

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