OVIEDO, 29 Mar. (EUROPA PRESS) -
Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la mencionada resolución queda anulada por no ser ajustada a derecho y el Ejecutivo asturiano tiene que hacer frente a las costas. Puede recurrir ante el Tribunal Supremo.
En la argumentación de la sentencia, la sala del TSJA dice que la resolución presenta "falta de motivación y concreción" de los servicios mínimos, dejando en manos de la empresa la determinación de los mismos. Los sindicatos recurrieron al entender que esos servicios eran abusivos.
CCOO ha recordado que con motivo de las restricciones durante la pandemia, la empresa clausuro las taquillas y mandó a los trabajadores a un ERTE, que "de forma totalmente injustificada en nuestra opinión continúa a día de hoy".
Dicen que trabajadores de Oviedo, Gijón y Avilés siguen en ERTE parcial desde entonces, y que se pretende ampliar de nuevo a pesar que las circunstancias de la pandemia han cambiado de manera notoria.
"Esta actitud empresarial tiene una incidencia directa sobre las personas usuarias, viajeros que en multitud de ocasiones se encuentran con que las taquillas están cerradas, las máquinas no funcionan y no tienen a quien reclamar o que les soluciones el problema", lamentan desde el sindicato.