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Tribunal Penal Internacional, cuestión pendiente; por Manuel Ollé Sesé, profesor titular de Derecho Penal y Derecho Penal Internacional de la Universidad Complutense

29/03/2022
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El día 29 de marzo de 2022 se ha publicado, en el diario El País, un artículo de Manuel Ollé Sesé en el cual el autor opina que cualquier orden de detención que se dictara ahora contra el presidente de Rusia, Vladímir Putin, y sus secuaces, estén en su país o en otros de su ámbito de influencia, sería estéril.

TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL, CUESTIÓN PENDIENTE

Los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional no deben quedar sin castigo”. “Los Estados adoptarán las medidas necesarias e intensificarán la cooperación internacional para que los autores de esos crímenes no queden impunes”. Las palabras del Estatuto del Tribunal Penal Internacional (TPI) chocan, en ocasiones, con la realidad. La invasión de Ucrania por Rusia y los crímenes cometidos por las autoridades de este país lo demuestran.

El TPI nació como un tribunal penal permanente para toda la comunidad internacional y con altas expectativas, para investigar y enjuiciar a las personas físicas autoras de crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra y de agresión, cuando los Estados o no quieren hacerlo o carecen de capacidad. Fue un logro sin precedentes. Un entusiasmo que se fue disolviendo en aguas turbulentas. El TPI estaba llamado a ser el tribunal del sistema de justicia penal internacional, pero en los últimos tiempos se ha cuestionado su eficacia y legitimidad. El balance de su actividad, después de 19 años, resulta insatisfactorio.

El TPI solo puede enjuiciar los citados delitos, que exigen la incorporación de otros nuevos, como el ecocidio. Su jurisdicción está limitada a que los hechos se cometan en el territorio de un Estado miembro o por un nacional suyo o, si se perpetran en un Estado no miembro, a que este se someta voluntariamente al TPI. Para que la Fiscalía inicie una investigación es necesario, además, que cualquier Estado miembro o el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas remitan la situación al fiscal o este la active por propia iniciativa. Así, la Fiscalía del TPI ha iniciado la investigación por las atrocidades de Rusia contra Ucrania, calificadas de crímenes de guerra por los ataques a la población y objetivos civiles, contra la humanidad y de genocidio, gracias a dos declaraciones que Ucrania formuló en 2013 y 2015, aceptando la competencia del Tribunal, y a la denuncia remitida por 41 Estados miembro.

Los investigados que estén en sus países o huidos deben ser puestos a disposición del TPI, pero al carecer de policía propia dependerá de la colaboración de esos países. Omar al Bashir, presidente de Sudán, se paseó por diferentes territorios que ignoraron las órdenes de detención. Cualquier orden contra Vladímir Putin y sus secuaces, estén en Rusia o en países de sus ámbitos de influencia, será estéril. Estos elementos confirman que los crímenes cometidos por ciudadanos, o en el territorio, de Estados que pertenecen al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y/o que no son parte del Tribunal -como EE UU, Rusia,

Israel, Irán, Siria, China, India, Arabia Saudí o Turquía- serán difícilmente enjuiciados en el TPI. Igualmente, es el fiscal quien decide si los hechos gozan de “fundamento razonable”, mientras que, por falta de capacidad operativa, las investigaciones se dirigen exclusivamente contra las personas que ocupan los más altos niveles de responsabilidad, como presidentes y jefes de Estado, y no contra autores de menor rango.

Hay otros factores que ahondan en la crisis de legitimidad de la corte: el escaso número de sentencias dictadas (nueve) y solo 46 procesamientos; el rechazo de algunos Estados africanos, como Gambia o Sudáfrica, que acusaron al TPI de proyectar su foco judicial en exclusiva contra África; la renuncia de otros países, como Filipinas o Burundi, al ser objeto de investigación; los condicionantes políticos del Tribunal, como la obligación de no iniciar o paralizar una investigación si lo solicita el Consejo de Seguridad. Otro factor que incide en la legitimidad del Tribunal es la falta de medios materiales para las investigaciones.

Por último, son intolerables los ataques contra la independencia del Tribunal. Como las sanciones económicas y de retirada de visado para viajar impuestas por Donald Trump -luego levantadas por Joe Biden- a la fiscal del TPI, Fatou Bensouda, y a otro alto funcionario, cuando anunciaron la investigación a militares estadounidenses y miembros de la CIA por posibles crímenes de guerra en Afganistán. De la misma forma, es reprochable el boicoteo al Tribunal con la firma de acuerdos bilaterales de inmunidad entre Estados Unidos y más de 80 países, para que estos no entreguen al mismo a los ciudadanos estadounidenses y de otras nacionalidades que hayan trabajado para el Gobierno de EE UU.

La investigación y el enjuiciamiento efectivo, imparcial y en un tiempo razonable, de crímenes internacionales de primer grado es una obligación internacional. Si el TPI, en su función supletoria de la justicia nacional, incumple en algunos casos la obligación de juzgar se frustra la realización de la justicia y se permite la impunidad de los autores de esos crímenes. Por ello, hay que reconocer el arduo trabajo y los logros hasta el momento del TPI y apoyarlo, pero, por difícil que sea, que lo es, la Asamblea de Estados miembros alberga la responsabilidad de trabajar para la consecución de un Tribunal Penal Internacional efectivo y con vocación universal, especialmente frente a la criminalidad estatal. No es cuestión de inventar nuevos tribunales, sino de perfeccionar el que ya tenemos.

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