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Las directrices de técnica normativa: cómo construir una norma

11/02/2022
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La Escuela Gallega de Administración Pública convoca el curso monográfico Las directrices de técnica normativa: cómo construir una norma.

Objetivos

Hoy en día la Administración ejerce un papel esencial en la regulación de las relaciones sociales desde todas sus perspectivas, bien como proponente de las normas que han de aprobar los respectivos parlamentos bien como legislador material en determinados ámbitos. Para que esta labor normativa se desarrolle de forma óptima, debe ajustarse a una serie de directrices que constituyen una suerte de manual común para todas las entidades públicas.

En este curso se abordará, desde un punto de vista práctico, el proceso de elaboración de una norma, analizando cómo se han de estructurar los contenidos que la integran y qué lenguaje y estilo se debe utilizar para que las normas sean certeras y comprensibles, así como en general todos aquellos aspectos que se deben observar para que la producción normativa sea de calidad.

Contenidos

El curso estará organizado en cuatro módulos. Los temas que se tratarán en cada módulo serán los siguientes:

• Módulo 1: El expediente normativo.

• Módulo 2: Estilo normativo.

• Módulo 3: Técnica normativa.

• Módulo 4: Caso práctico.

Personas destinatarias

Esta actividad está dirigida al personal empleado público en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica gallega, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional que se encuadre en alguna de las siguientes categorías:

a) Grupo A (subgrupos A1 y A2) del personal funcionario.

b) Grupos I y II del personal laboral.

Desarrollo

Modalidad: presencial.

Fechas: 22 y 23 de febrero de 2022.

Horario: de mañana y tarde.

Horas lectivas: 16.

Número de plazas

Cincuenta (50).

Inscripción

1. La inscripción en esta actividad formativa solo podrá realizarse vía telemática accediendo a la dirección web https://egap.xunta.gal/matricula. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con lo establecido para las personas destinatarias y requisitos de selección en las bases tercera y octava, respectivamente, de esta convocatoria.

3. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

4. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar en “nombre del curso”: Curso monográfico Las directrices de técnica normativa: cómo construir una norma.

5. El plazo para la inscripción estará abierto desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.55 horas del día 14 de febrero de 2022.

Podrá obtenerse cualquier otra información a través del correo electrónico [email protected] o, desde las 8.30 horas hasta las 14.30 horas, en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán enviar un correo electrónico a [email protected], con la indicación expresa a este respecto, en el que deberán adjuntar la documentación que acredite la Administración a la que pertenezcan, su situación administrativa y el tipo de personal.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

4. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

Criterios de selección

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de inscripción hasta completar el número de plazas.

Publicación de los listados del alumnado seleccionado

La EGAP publicará en la dirección web https://egap.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en este curso monográfico, así como un número adecuado de reservas, en caso de que el número de solicitudes recibidas fuese superior al número de plazas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Se entenderá que las personas que no figuren en ninguna de las relaciones fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, ocupan un puesto más alejado en el listado de espera o se encuentran excluidas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo, punto 6.º, de la Resolución de 4 de enero de 2008 por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (DOG núm. 7, de 10 de enero).

Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y superación de la actividad

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por razones de conciliación familiar.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia deberá ser comunicada enviando un correo electrónico a [email protected], con una antelación mínima de los tres días anteriores al inicio de la actividad formativa, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en las líneas a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. Asistencia y puntualidad:

a) Serán obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de asistencia de esta actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Certificado de asistencia oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas que hubiesen participado asiduamente y siempre que su asistencia hubiese sido igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, las fechas y la modalidad de desarrollo del curso, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este curso, así como la facultad de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, en cuyo caso se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

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