ORDEN 16/2022, DE 27 DE ENERO, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 186/2020, DE 27 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE ENTIDADES AGRARIAS COLABORADORAS PARA LA CAPTURA, REGISTRO, SEGUIMIENTO, CORRECCIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS DE LA SOLICITUD ÚNICA, SOLICITUDES DE CESIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO, ALEGACIONES AL SIGPAC, INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA Y AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS AGRARIAS POR JÓVENES E INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRARIAS A PARTIR DE 2021.
El 4 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha n.º 245 la Orden 186/2020, de 27 de noviembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por la que se regula el procedimiento para la selección de entidades agrarias colaboradoras para la captura, registro, seguimiento, corrección y recepción de las notificaciones administrativas de la solicitud única, solicitudes de cesión de derechos de pago básico, alegaciones al Sigpac, inscripción en el Registro General de la Producción Agraria y ayudas a la creación de empresas agrarias por jóvenes e inversiones en explotaciones agrarias a partir de 2021.
Con la publicación de la citada orden, se fusionan la anterior figura de Entidad Colaboradora (encargada de la captura y registro de solicitud única) con la de Entidad Agraria de Gestión (encargada del seguimiento, corrección y notificación administrativa de la solicitud única), y con las EGME (gestión de ayudas a la creación de empresas agrarias por jóvenes e inversiones en explotaciones agrarias), manteniendo una única figura llamada Entidad Agraria Colaboradora, en adelante EAC , en la que se podrán integrar todas las funciones de las tres figuras mencionadas anteriormente.
Así las notificaciones de las incidencias, trámites de audiencia y resoluciones de la Consejería se realizarán a la EAC , respecto de aquellos solicitantes de ayudas que hayan otorgado apoderamiento y designado por tanto expresamente como lugar y medio La captura y registro de solicitudes, seguimiento de las mismas, corrección de incidencias y recepción de las notificaciones administrativas se realizará, en todo caso, previo otorgamiento de apoderamiento por parte de quien solicita en la EAC
y mediante la utilización en entorno Web del correspondiente programa o aplicación informática autorizada por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
La mencionada orden establece en el punto 3 del artículo 5 de solicitud y plazo de presentación, que el plazo para presentar las solicitudes será entre el 15 de octubre y el 15 de noviembre, ambos inclusive, de cada año.
No obstante, dada la reciente creación de la figura de EAC , la importancia de las funciones que realizan, entre otras ámbitos, en el de la captura y registro de solicitudes de las ayudas de pago básico y sus pagos relacionados, seguimiento de las mismas, corrección de incidencias y recepción de las notificaciones administrativas, estando próximo la apertura del plazo de estas ayudas, se ha considerado conveniente que durante el año 2022, con carácter excepcional, el plazo para solicitar ser EAC
permanezca abierto desde el día siguiente a la publicación de la presente orden hasta el 15 de noviembre de 2022.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 73.2 del citado Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y con el Decreto 83/2019, de 16 de julio
, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, dispongo:
Primero. Se modifica el punto 3 del artículo 5 de solicitud y plazo de presentación que se queda redactado de la siguiente forma:
1. El plazo para presentar las solicitudes será entre el 15 de octubre y el 15 de noviembre, ambos inclusive, de cada año.
Con carácter excepcional, durante el año 2022 el plazo permanecerá abierto desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden hasta el 15 de noviembre de 2022.
La presente modificación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.