BARCELONA, 31 (EUROPA PRESS)
En un auto consultado por Europa Press, el tribunal desestima la petición urgente de la Federació Catalana d'Associacions d'Activitats de Restauració i Musicals (Fecasarm) pero fija de plazo hasta el martes para que la Generalitat presente sus argumentos sobre el caso, y después los jueces resolverán.
La Fecasarm presentó este recurso cuando se retiró el toque de queda y la prohibición de reunirse más de 10 personas, y en su escrito añade que eso propicia botellones o reuniones en la calle donde la gente no usa mascarilla y "se producen graves desórdenes públicos y actos delictivos".
En su lugar, reclama que el ocio nocturno pueda abrir con un aforo del 80% y considera que el riesgo de contagio no "puede ser tan grave si se están levantado todas las restricciones".
La patronal lamenta que muchos "jóvenes residentes en Cataluña, se ven obligados a desplazarse a Madrid para salir de fiesta con el consecuente riesgo de sufrir un accidente si van en vehículo por carretera aunque muchos van en tren y allí también corren el riesgo de contagiarse", según recoge el auto del TSJC que responde al recurso.