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La AN ordena devolver 15.000 euros al dueño del locutorio de Ripoll detenido por los atentados de Barcelona y Cambrils

12/01/2022
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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha ordenado devolver los 15.000 euros que las autoridades intervinieron al dueño del locutorio de Ripoll Salh el Karib en la entrada y registro que acabó con su detención a raíz de los atentados en Barcelona y Cambrils del año 2017.

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

Así consta en una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 también acuerda la devolución de los efectos que se encuentran en sede judicial y que fueron intervenidos tanto en el locutorio como en su domicilio.

Para proceder a la transferencia de esa cantidad, el juez Calama insta a El Karib a que aporte al juzgado un número de cuenta abierta a su nombre justificando su titularidad y la entidad bancaria a la que pertenece.

Con todo, el magistrado rechaza la devolución de distintas sumas de dinero --que alcanzan un total de 1.180 euros-- al considerar que no está acreditado que esas cantidades tuvieran "relación alguna" con El Karib.

En concreto, un total de 580 euros habrían sido encontrados en una cartera oculta entre los restos de la vivienda que explotó en el municipio tarraconense de Alcanar, donde la célula terrorista preparaba los explosivos para el atentado del 16 de agosto.

Por último, el juez también descarta devolver a El Karib los efectos que fueron intervenidos en la entrada y registro practicada en un domicilio de Vilafranca del Penedés al no quedar constatado que guardarse "relación alguna" con el mismo.

LOS MOTIVOS DE SU DETENCIÓN

Salh el Karib fue puesto en libertad en agosto de 2018 por el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu después de que terminasen las diligencias policiales que fueron practicadas en su locutorio de Ripoll.

Andreu detallaba en su auto que los indicios recopilados sobre Salh El Karib no permitían "establecer, con la apariencia que en buen derecho procede, la existencia de elementos indiciarios lo suficientemente sólidos como para adoptar una medida de la gravedad y excepcionalidad de la prisión preventiva".

En el caso de El Karib, el juez explicaba que la detención se produjo desde el momento en el que las pesquisas iniciales alertaban de que con sus tarjetas de crédito se habrían comprado por internet dos billetes de avión para Driss Oukabir para los días 12 y 13 de agosto y otro boleto para Abdelbaki Es Satty, el imán de Ripoll que falleció en la casa de Alcanar.

Se compraron a la compañía Air Arabian y con la tarjeta de El Karib los días 8 y 12 de agosto, y posteriormente en la cuenta asociada fueron ingresados 150 y 100 euros, respectivamente.

EXPLICACIÓN "CONGRUENTE"

La explicación ofrecida por el responsable del locutorio según señaló el juez era "plenamente congruente y coincide con los datos ofrecidos en otras diligencias practicadas", singularmente la declaración de Oukabir, quien dijo que encomendó a su hermano Moussa --abatido tras el ataque en Cambrils-- la compra de los billetes dándole el dinero en efectivo para lo que hiciera.

Al ser Moussa menor carecía de tarjeta de crédito, por lo que los pagos se hicieron con la de El Kabir y luego se le devolvió el dinero más 5 euros por la gestión.

Además, el saldo de medio de su cuenta es de aproximadamente 2.500 euros y la actividad habitual que se desprende "es la de cargos con tarjeta bancaria por la compra de billetes de avión y gastos asociados a empresas de transporte".

Andreu añadía que quedó constatado que el dueño del locutorio no tenía relación alguna con el resto de personas que integraban la célula "salvo esporádicas operaciones de envío de dinero" que habrían hecho desde su local y cuyo examen no permitía "extraer ninguna conclusión de interés para el procedimiento".

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