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Subvenciones de apoyo al sector editorial del Libro como consecuencia del COVID-19

04/01/2022
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Orden de 22 de diciembre de 2021, de ampliación del crédito previsto en la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de apoyo al sector editorial del Libro como consecuencia del COVID-19 a través de la adquisición de lotes bibliográficos para bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, correspondiente a la convocatoria para el ejercicio 2021 (BOJA de 3 de enero de 2022). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2021, DE AMPLIACIÓN DEL CRÉDITO PREVISTO EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE APOYO AL SECTOR EDITORIAL DEL LIBRO COMO CONSECUENCIA DEL COVID-19 A TRAVÉS DE LA ADQUISICIÓN DE LOTES BIBLIOGRÁFICOS PARA BIBLIOTECAS INTEGRADAS EN LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS DE ANDALUCÍA, CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2021

Mediante Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establece medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus COVID-19 (BOJA extraordinario núm. 27, de 18 de mayo) se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de apoyo al sector editorial del libro como consecuencia del COVID-19 a través de la adquisición de lotes bibliográficos para bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.

El Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, por el que se modifican, con carácter urgente, la normativa de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía y otras disposiciones normativas, y se regulan los estudios con finalidad de diagnóstico precoz o de detección de caso de infección activa (cribados) dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 14, de 5 de febrero) mantiene la vigencia para el ejercicio 2021 de las bases reguladoras de las citadas subvenciones.

El Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, que fue prorrogado por el Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, en su artículo 71.1 destina un total de 500.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 1800010000 G/45B/76002,que corresponden al presupuesto corriente de 2021.

Esta línea de subvenciones se convocó mediante Orden de 8 de marzo de 2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de apoyo al sector editorial del libro como consecuencia del COVID-19 a través de la adquisición de lotes bibliográficos para bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía (BOJA núm. 48, de 12 de marzo), resultando beneficiarios 134 Ayuntamientos o Entidades Locales Autónomas, hasta agotar la consignación presupuestaria con el último expediente resuelto favorablemente que tuvo entrada en el registro telemático el 16 de marzo de 2021 a las 15:19:36 horas, con el número de registro 202199902583878.

El artículo 71.4 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de concesión que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan resultado beneficiarias por agotamiento del crédito presupuestario.

Con fecha 24 de noviembre se contabilizó el expediente de modificación presupuestaria MC-2021-609671 por el que se incrementa, entre otros, el crédito de la partida presupuestaria 1800010000 G/45B/76002/00 01 2019000313 en el ejercicio de efectividad en caja 2021, a los efectos de atender las solicitudes de subvención que cumplen los requisitos para ser beneficiarias y que no podrían ser concedidas por falta de presupuesto. Esta circunstancia se materializó en la Orden de 10 de diciembre de 2021, de ampliación del crédito previsto en la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de apoyo al sector editorial del libro como consecuencia del COVID-19 a través de la adquisición de lotes bibliográficos para bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, correspondiente a la convocatoria para el ejercicio 2021.

Con fecha 21 de diciembre se ha contabilizado el expediente de modificación presupuestaria MC-2021-610988 por el que se vuelve a incrementar, entre otros, el crédito de la partida presupuestaria 1800010000 G/45B/76002/00 01 2019000313 en el ejercicio de efectividad en caja 2021, a los efectos de atender las solicitudes de subvención que cumplen los requisitos para ser beneficiarias y que no podrían ser concedidas por falta de presupuesto.

Por todo lo anteriormente expuesto, vista la Propuesta de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de 22 de diciembre de 2021, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, prorrogado por el Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, y en la Orden de 8 de marzo de 2021, por la que se convocan las referidas subvenciones para el ejercicio 2021,

DISPONGO

Primero. Ampliar en 205.000 € de la anualidad de 2021, el crédito previsto para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de apoyo al sector editorial del libro, como consecuencia del COVID-19 a través de la adquisición de lotes bibliográficos para bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, al existir crédito disponible suficiente en la partida presupuestaria de gasto 1800010000 G/45B/76002/00 01 2019000313 con el que aumentar el número de entidades beneficiarias hasta el límite del crédito ampliado.

Segundo. Continuar con la tramitación y concesión de subvenciones por orden de fecha de presentación en el registro telemático único con posterioridad al último expediente resuelto favorablemente tras la primera ampliación, dicho expediente tuvo entrada el 18 de marzo de 2021, a las 13:06:43 horas, con el número de registro 202199902678957.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico en el plazo de un mes, conforme al artículo 124 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 Vínculo a legislación y 46 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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