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  • EDICIÓN DE 04/01/2022
 
 

Conservación de la red de carreteras del Principado de Asturias

04/01/2022
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Decreto 78/2021, de 15 de diciembre, por el que se dispone la aceptación de la cesión gratuita en propiedad de un inmueble sito en la calle Regional, n.º 4, de Morcín, parroquia de Santa Eulalia, cedido por la Administración General del Estado (AGE) para el ejercicio de las funciones vinculadas al servicio público de conservación de la red de carreteras del Principado de Asturias (BOPA de 3 de enero de 2022). Texto completo.

DECRETO 78/2021, DE 15 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DISPONE LA ACEPTACIÓN DE LA CESIÓN GRATUITA EN PROPIEDAD DE UN INMUEBLE SITO EN LA CALLE REGIONAL, N.º 4, DE MORCÍN, PARROQUIA DE SANTA EULALIA, CEDIDO POR LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (AGE) PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES VINCULADAS AL SERVICIO PÚBLICO DE CONSERVACIÓN DE LA RED DE CARRETERAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

La Administración del Principado de Asturias solicitó de la Administración General del Estado la cesión en propiedad de un inmueble sito en la calle Regional, n.º 4, de Morcín, parroquia de Santa Eulalia, para destinarlo, en general, a funciones vinculadas al servicio público de conservación de la Red de Carreteras del Principado de Asturias y, de forma más concreta, para convertirlo en la nueva sede del Parque de Maquinaria de Oviedo, albergando el parque móvil y los medios materiales y personales para la prestación del servicio de conservación de carreteras competencia del Principado de Asturias.

Mediante Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública de 17 de septiembre de 2021, se acordó la cesión solicitada, quedando la misma condicionada al cumplimiento de las ordinarias condiciones de reversión y de acreditación del mantenimiento del destino que establece la normativa patrimonial contenida en los artículos 145 Vínculo a legislación y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

En la Memoria de esta Orden Ministerial figura que la Administración cesionaria ha manifestado conocer y aceptar la situación de ocupación de una vivienda que forma parte del inmueble cedido.

Así consta en efecto en el expediente patrimonial tramitado en el que se concreta que la indisponibilidad de esa dependencia lo será por un período temporal entre 3 y 5 años en tanto se mantiene la citada ocupación por una trabajadora de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias que presta sus servicios en un inmueble próximo de titularidad estatal. Y en el que asimismo se acredita que esta indisponibilidad temporal de la vivienda, tanto por la escasa proporción de su superficie en relación con el inmueble cedido gratuitamente como por el carácter accesorio y secundario que esta dependencia tiene para el efectivo desempeño de las funciones a desarrollar por el Servicio Público de Conservación de Carreteras, no condiciona, impide o merma en modo alguno la consecución del objetivo marcado por el Principado de Asturias ya que la actividad a desarrollar es perfectamente factible en el 98,5% de parcela restante cedida.

El artículo 26 Vínculo a legislación de la Ley del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio preceptúa que las adquisiciones de bienes por el Principado, a título de donación, no se producirán sino en virtud de Decreto, acordado en Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 15 de diciembre de 2021,

DISPONGO

Primero.-Aceptar la cesión gratuita en propiedad de un inmueble sito en la calle Regional, n.º 4, de Morcín, parroquia de Santa Eulalia, cedido por la Administración General del Estado (AGE) para el ejercicio de las funciones vinculadas al servicio público de conservación de la red de carreteras del Principado de Asturias.

El inmueble objeto de cesión pertenece en pleno dominio a la Administración General del Estado y se describe como sigue:

“Rústica. Terreno de nueve mil setecientos cuatro metros cuadrados, al margen del Río Caudal, en la zona de Santa Eulalia, parroquia de Santa Eulalia, Ayuntamiento de Morcín. Linda: al Norte, viales de uso público; Sur, con la parcela de referencia catastral 6763043TN6966S, y con la parcela de referencia catastral 6763001TN6966S0001RP; al Este y al Oeste, con viales de uso público.

Dentro de su perímetro existe un parque de maquinaria en cuyo recinto existen tres naves, una de ellas habilitada para taller de reparación de maquinaria y las otras dos como garaje de maquinaria pesada y vehículos, dos edificaciones, una de ellas habilitada para oficinas y la otra para vivienda del guarda, existiendo una amplia zona pavimentada para maniobras de las máquinas y otras cuatro zonas ajardinadas. La total superficie construida según catastro es de dos mil quinientos ochenta metros cuadrados.”

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Mieres, al Tomo 1101, Libro 132, folio 103, número de finca 10.514.

Libre de cargas.

Referencia catastral: 6763004TN6966S0001IP.

Valorado el inmueble en la cantidad de trescientos noventa y seis mil doscientos cuarenta euros con ochenta y cinco céntimos (396.240,85 €).

Segundo.-La aceptación de la cesión se realiza conforme a los términos y condiciones dispuestas en la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública de 17 de septiembre de 2021 por la que se acordó la cesión gratuita del inmueble a favor del Principado de Asturias.

Tercero.-El inmueble objeto de la cesión quedará afectado por razón de su destino a la Consejería titular de las competencias en infraestructuras viarias, correspondiéndole el ejercicio de las competencias demaniales según lo previsto en el artículo 77 Vínculo a legislación de la Ley del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio. Las competencias de administración y conservación del bien objeto de cesión comprenderán específicamente la adopción de los acuerdos y actuaciones con la Administración cedente que la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial estime necesario realizar respecto a la situación de ocupación temporal de la vivienda existente en el inmueble.

Cuarto.-La aceptación se formalizará en documento administrativo que será suscrito por la Consejera de Hacienda y por el Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial al disponerse la afectación simultánea del inmueble cedido a este Departamento. No obstante, se formalizará en escritura pública cuando así interese a cualquiera de las partes, siendo a costa del cesionario los gastos derivados del otorgamiento.

Quinto.-La Consejería de Hacienda llevará a cabo los trámites necesarios para la plena efectividad de lo dispuesto en el presente Decreto.

Sexto.-Se tomará razón de lo expuesto en el Inventario General de Bienes y Derechos del Principado de Asturias.

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