BARCELONA, 30 (EUROPA PRESS)
En un auto consultado por Europa Press, los magistrados explican que el lunes Fecasarm interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Conselleria de Salud que imponía toque de queda, limitación de reuniones a un máximo de 10 personas, el cierre del ocio nocturno y la limitación de horario y aforo de la restauración.
La Sala Contenciosa del TSJC ha determinado que "no aprecia la urgencia y la excepcionalidad pretendidas por Fecasarm" y no permitirá que se abra el ocio nocturno este fin de año.